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Quejas válidas en Guatemala.
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Quejas válidas en Guatemala.
Estimados. El día de hoy realicé la consulta al número de atención del Ministerio Público en Guatemala (1555). Expuse que tenía la denuncia de una agencia de cobranza en representación de una de las entidades bancarias de enviar una notificación de embargo de salario a mi trabajo.
Como aún no ha procedido demanda alguna en mi contra, y aún siendo así, mientras el Juez competente del tribunal civil que conozca el caso no resuelva nada en mi contra, consulté si la entidad bancaria o bien la agencia de cobranza que opera en su nombre podían notificar algo directamente a mi trabajo.
La respuesta de la señorita del Ministerio Público fue que si un Juez competente no lo ordena así, ellos no puede enviar ninguna nota directamente a mi trabajo, ni revelando mi información o mi situación financiera ni mi deuda, puesto que es a un Juez competente a quien corresponde realizar la solcitud de embargo salarial.
Si el Banco procede directamente a enviar alguna notificación revelando información bancaria de uno sin que el Juez lo dictamine, se le puede denunciar a su vez en la Superintendencia de Bancos al 1570.
Si es un cobrador o una casa de cobranzas, se puede proceder a realizar una denuncia también.
Yo estoy tratando de hacer todo lo que está en mis manos para cubrir con mi deuda, acabo de realizar otro pago más. Lo que si no estoy de acuerdo es que si la vía de la demanda civil es el medio legal para resolver la situación si no quieren negociar dentro de mis posibilidades actuales, utilicen medios ilegales como notificar algo a mi trabajo que me puede ocasionar el despido inmediato sin orden de Juez competente.
Uno es deudor, sí, pero también tiene derechos que tiene que hacer valer.
Si alguien tiene un caso similar, no dude en solicitar información al Ministerio Público (1555) o a la Superintendencia de Bancos (1570).
Sigo confiando en que con la ayuda de Dios, todos saldremos adelante. Es una negligencia estar endeudado, pero no somos criminales o delincuentes. Trabajamos cada día por establizarnos y cumplir con nuestros compromisos dentro de la legalidad.
Ánimo y que Dios les bendiga.
Como aún no ha procedido demanda alguna en mi contra, y aún siendo así, mientras el Juez competente del tribunal civil que conozca el caso no resuelva nada en mi contra, consulté si la entidad bancaria o bien la agencia de cobranza que opera en su nombre podían notificar algo directamente a mi trabajo.
La respuesta de la señorita del Ministerio Público fue que si un Juez competente no lo ordena así, ellos no puede enviar ninguna nota directamente a mi trabajo, ni revelando mi información o mi situación financiera ni mi deuda, puesto que es a un Juez competente a quien corresponde realizar la solcitud de embargo salarial.
Si el Banco procede directamente a enviar alguna notificación revelando información bancaria de uno sin que el Juez lo dictamine, se le puede denunciar a su vez en la Superintendencia de Bancos al 1570.
Si es un cobrador o una casa de cobranzas, se puede proceder a realizar una denuncia también.
Yo estoy tratando de hacer todo lo que está en mis manos para cubrir con mi deuda, acabo de realizar otro pago más. Lo que si no estoy de acuerdo es que si la vía de la demanda civil es el medio legal para resolver la situación si no quieren negociar dentro de mis posibilidades actuales, utilicen medios ilegales como notificar algo a mi trabajo que me puede ocasionar el despido inmediato sin orden de Juez competente.
Uno es deudor, sí, pero también tiene derechos que tiene que hacer valer.
Si alguien tiene un caso similar, no dude en solicitar información al Ministerio Público (1555) o a la Superintendencia de Bancos (1570).
Sigo confiando en que con la ayuda de Dios, todos saldremos adelante. Es una negligencia estar endeudado, pero no somos criminales o delincuentes. Trabajamos cada día por establizarnos y cumplir con nuestros compromisos dentro de la legalidad.
Ánimo y que Dios les bendiga.
fudo- Principiante Asesorado
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Re: Quejas válidas en Guatemala.
Hola fudo, que bien que estés realizando acciones para defender tu trabajo.
Sin embargo, si te visitan o mandan cartas a tu trabajo, dices que te despedirán, así que yo en tu caso, les hablaría a los del despacho (OCA Internacional) para asustarlos yo a ellos y que no se les vayan a ocurrir hacer lo que te habían amenazado.
Saludos.
Sin embargo, si te visitan o mandan cartas a tu trabajo, dices que te despedirán, así que yo en tu caso, les hablaría a los del despacho (OCA Internacional) para asustarlos yo a ellos y que no se les vayan a ocurrir hacer lo que te habían amenazado.
Saludos.
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La deuda más importante que tengo, nunca la podré pagar con dinero, la deuda más importante que tengo, es con la persona que más quiero.
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GALENO- Consultor Master
-
64
1637
Re: Quejas válidas en Guatemala.
Gracias Galeno.
Yo acabo de hablar con el jóven que me llamó anteriormente. Yo le expuse que Q8000 para hoy, no los tengo. Pero que si me da un día, mañana completo el deposito Q2000 y que me dejen negociar el resto para un plazo más largo. Me dijo que al Banco no le importa ni mi situación, ni a él tampoco. Que lo que el Banco hará es recuperar su dinero como sea. Que si tiene que llegar a una demanda y se tarda años en eso, igual el Banco nunca va a perder. Que deudas pequeñas de Q10000 o Q20000 al Banco le tenían sin cuidado. Pero que en mi caso, por ser Q152000 si le importa, y es a deudores como yo contra los que procede. Arriba de Q60000 que tenga por seguro una demanda.
Yo le dije la verdad. Que a mi me prestarán dinero mañana (Q1500) para que yo ajuste a los Q2000 pero hasta mañana lo puedo tener. Si el Banco no puede esperarme un día, no hay nada que pueda hacer. Pero le aclaré que si no es un Juez competente el que reporta a mi trabajo un embargo o notifica que estoy endeudado, o da cualquier información de mi situación bancaria o financiera, que igual yo hablé al Ministerio Público y puedo proceder con mis demandas también. Solo que en mi caso, creo que no solo procede que accione Civilmente contra el Banco por violar el secreto bancario, sino que se puede accionar penalmente contra el empleado o funcionario que emitió la nota. Por la civil de mi deuda no hay carcel, pero por las penales contra ellos si que la hay.
Yo insisto, no me escondo, no quiero dejar de pagar. Me está costando. Ya casi dejo de comer, solo como porque no quiero faltarles a mis hijos pequeños. Pero si estoy pagando al menos que no me quiten el trabajo que es de donde puedo aún sostener lo básico de mi familia y pagar poco ... sí , pero pagar lo que puedo de mis deudas.
Los que quieran más información del Secreto Bancario y lo que conlleva su violación, pueden visitar esta documento, es una tesis: LA VIOLACIÓN DEL SECRETO BANCARIO POR PARTE DE LAS ENTIDADES EMISORAS CUANDO OTORGAN INFORMACIÓN DE LOS LÍMITES DE CRÉDITO DE LOS TARJETA HABIENTES (Tesis AURA VIOLETA MARTINEZ DOMINGUEZ, Universidad de San Carlos de Guatemala) vean el punto 4.2, página 50, sobre cuales son las consecuencias jurídicas de la violación del secreto bancario (aparecen las civiles y las penales).
Allí establece claramente que la entidad Bancaria cuando tiene contienda judicial con el cliente esta liberado de la obligación de secreto bancario, pero únicamente para defender sus intereses ante quien corresponda... que para estos efectos según confirmé en el Ministerio Público es un juez competente, no puede ir ante ningún tercero (trabajos, referencias familiares, referencias personales) sin estar supeditado por una orden de Juez competente.
Al final, me dejarán que mañana haga el otro depósito, lo cual quieras que no es un alivio. Bajaré otros Q2000 mi deuda. Y a pelear por conseguir el resto en el siguiente tiempo meteórico que me den.
Dios me de fuerzas para no morirme en el intento, porque mis nervios están destrozados. Oren por mí por favor.
Yo acabo de hablar con el jóven que me llamó anteriormente. Yo le expuse que Q8000 para hoy, no los tengo. Pero que si me da un día, mañana completo el deposito Q2000 y que me dejen negociar el resto para un plazo más largo. Me dijo que al Banco no le importa ni mi situación, ni a él tampoco. Que lo que el Banco hará es recuperar su dinero como sea. Que si tiene que llegar a una demanda y se tarda años en eso, igual el Banco nunca va a perder. Que deudas pequeñas de Q10000 o Q20000 al Banco le tenían sin cuidado. Pero que en mi caso, por ser Q152000 si le importa, y es a deudores como yo contra los que procede. Arriba de Q60000 que tenga por seguro una demanda.
Yo le dije la verdad. Que a mi me prestarán dinero mañana (Q1500) para que yo ajuste a los Q2000 pero hasta mañana lo puedo tener. Si el Banco no puede esperarme un día, no hay nada que pueda hacer. Pero le aclaré que si no es un Juez competente el que reporta a mi trabajo un embargo o notifica que estoy endeudado, o da cualquier información de mi situación bancaria o financiera, que igual yo hablé al Ministerio Público y puedo proceder con mis demandas también. Solo que en mi caso, creo que no solo procede que accione Civilmente contra el Banco por violar el secreto bancario, sino que se puede accionar penalmente contra el empleado o funcionario que emitió la nota. Por la civil de mi deuda no hay carcel, pero por las penales contra ellos si que la hay.
Yo insisto, no me escondo, no quiero dejar de pagar. Me está costando. Ya casi dejo de comer, solo como porque no quiero faltarles a mis hijos pequeños. Pero si estoy pagando al menos que no me quiten el trabajo que es de donde puedo aún sostener lo básico de mi familia y pagar poco ... sí , pero pagar lo que puedo de mis deudas.
Los que quieran más información del Secreto Bancario y lo que conlleva su violación, pueden visitar esta documento, es una tesis: LA VIOLACIÓN DEL SECRETO BANCARIO POR PARTE DE LAS ENTIDADES EMISORAS CUANDO OTORGAN INFORMACIÓN DE LOS LÍMITES DE CRÉDITO DE LOS TARJETA HABIENTES (Tesis AURA VIOLETA MARTINEZ DOMINGUEZ, Universidad de San Carlos de Guatemala) vean el punto 4.2, página 50, sobre cuales son las consecuencias jurídicas de la violación del secreto bancario (aparecen las civiles y las penales).
Allí establece claramente que la entidad Bancaria cuando tiene contienda judicial con el cliente esta liberado de la obligación de secreto bancario, pero únicamente para defender sus intereses ante quien corresponda... que para estos efectos según confirmé en el Ministerio Público es un juez competente, no puede ir ante ningún tercero (trabajos, referencias familiares, referencias personales) sin estar supeditado por una orden de Juez competente.
Al final, me dejarán que mañana haga el otro depósito, lo cual quieras que no es un alivio. Bajaré otros Q2000 mi deuda. Y a pelear por conseguir el resto en el siguiente tiempo meteórico que me den.
Dios me de fuerzas para no morirme en el intento, porque mis nervios están destrozados. Oren por mí por favor.
fudo- Principiante Asesorado
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