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AYUDA POR FAVOR
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AYUDA POR FAVOR
MI PAPA PIDIO UN PRESTAMO DE 160000 CON UN AGIOTISTA Y ESTE LE HIZO FIRMAR UN CONTRATO DE COMPRAVENTA DE NUESTRA CASA, SEGUN EL PARA GARANTIZAR SU DINERO, SOLO QUE AHORA YA NOS QUIERE QUITAR LA CASA Y PARA REGRESARNOSLA AHORA QUIERE QUE LE PAGUEMOS 375000. QUE PODEMOS HACER?
ANA- Des-informado

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Re: AYUDA POR FAVOR
Tienes que contratar a un abogado, oye aparte del contrato algo mas firmo como un pagare, eso si que es importante

Hermes- Maestro de Maestros

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Re: AYUDA POR FAVOR
YA ESTAMOS CON UN ABOGADO Y NOS DICE QUE PUEDE SOLICITAR LA NULIDAD DE ESE CONTRATO, PERO MI PAPA TIENE MIEDO PORQUE EL SEÑOR AGIOTISTA YA SE DIO CUENTA QUE YA FUIMOS CON UN ABOGADO Y DE HECHO EL ABOGADO LE LLAMO POR TELEFONO PARA CITARLO EN UN CAFE Y HABLAR SOBRE LA DEUDA PERO EL AGIOTISTA NUNCA SE PRESENTO Y DESPUES LE LLAMO A MI PAPA DICIENDOLE QUE NO SE DEJARA ENGAÑAR POR EL ABOGADO Y QUE DE TODOS MODOS IBA A QUITARLE LA CASA, QUE MEJOR SE ARREGLARA CON EL Y QUE LE DIERA LO QUE PIDE PORQUE SI SE IBAN A JUICIO NOS IBA A GANAR. Y NO FIRMO OTRA COSA SOLO ESE CONTARATO DE COMPRAVENTA. PERO MI PAPA ESTA A PUNTO DE HACER LO QUE EL AGIOTISTA DICE Y NO SE ME HACE JUSTO QUE LE TENGAMOS QUE PAGAR LO QUE EL DICE.
ANA- Des-informado

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AYUDA POR FAVOR
ANA escribió:YA ESTAMOS CON UN ABOGADO Y NOS DICE QUE PUEDE SOLICITAR LA NULIDAD DE ESE CONTRATO, PERO MI PAPA TIENE MIEDO PORQUE EL SEÑOR AGIOTISTA YA SE DIO CUENTA QUE YA FUIMOS CON UN ABOGADO Y DE HECHO EL ABOGADO LE LLAMO POR TELEFONO PARA CITARLO EN UN CAFE Y HABLAR SOBRE LA DEUDA PERO EL AGIOTISTA NUNCA SE PRESENTO Y DESPUES LE LLAMO A MI PAPA DICIENDOLE QUE NO SE DEJARA ENGAÑAR POR EL ABOGADO Y QUE DE TODOS MODOS IBA A QUITARLE LA CASA, QUE MEJOR SE ARREGLARA CON EL Y QUE LE DIERA LO QUE PIDE PORQUE SI SE IBAN A JUICIO NOS IBA A GANAR. Y NO FIRMO OTRA COSA SOLO ESE CONTARATO DE COMPRAVENTA. PERO MI PAPA ESTA A PUNTO DE HACER LO QUE EL AGIOTISTA DICE Y NO SE ME HACE JUSTO QUE LE TENGAMOS QUE PAGAR LO QUE EL DICE.
ANA- Des-informado

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Re: AYUDA POR FAVOR
ANA escribió:MI PAPA PIDIO UN PRESTAMO DE 160000 CON UN AGIOTISTA Y ESTE LE HIZO FIRMAR UN CONTRATO DE COMPRAVENTA DE NUESTRA CASA, SEGUN EL PARA GARANTIZAR SU DINERO, SOLO QUE AHORA YA NOS QUIERE QUITAR LA CASA Y PARA REGRESARNOSLA AHORA QUIERE QUE LE PAGUEMOS 375000. QUE PODEMOS HACER?
Hola ANA Bienvenia a Paga lo Justo,
Un contrato de COMPRA-VENTA ?.... como ?... tu Papá le vendio la casa al AGIOTISTA ?
Hay algún PAGARE firmado con el Agiotista o solo el CONTRATO ?
Si pudieras Subir el Contrato que mencionas, editando los datos particulares de tu Papá para que lo podamos revisar y asi darte una respuesta más acertada.
Los AGIOTISTAS son los peores en este TIPO de DEUDAS, pues ellos regularmente si DEMANDAN e incluso endosan los PAGARES a DESPACHOS de JURIDICOS, pero no nos adelantemos y esperamos esta información para poder ayudarte.
Re: AYUDA POR FAVOR
Si nada mas firmo ese documento y dices que ya vieron un abogado, eso esta bien, si tu abogado ya lo cito esta bien, mira efectivamete se puede nulificar ese documento es por ello que a esa persona no le conviene, siganlo manejandolo asi, y que tu papa nole firme nada a este agitista y que todo sea por medio de tu abogado

Hermes- Maestro de Maestros

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AYUDA POR FAVOR
Y ESO DE LA NULIDAD ES COMPLICADO?
ES VERDAD LO QUE DICE EL AGIOTISTA QUE DE TODOS MODOS EL SE VA A QUEDAR CON LA CASA?
ES QUE MI PAPA CON ESO QUE LE DIJO YA QUIERE DESISTIR DEL ABOGADO Y HACER LO QUE EL AGIOTISTA DICE.
ES VERDAD LO QUE DICE EL AGIOTISTA QUE DE TODOS MODOS EL SE VA A QUEDAR CON LA CASA?
ES QUE MI PAPA CON ESO QUE LE DIJO YA QUIERE DESISTIR DEL ABOGADO Y HACER LO QUE EL AGIOTISTA DICE.
ANA- Des-informado

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Re: AYUDA POR FAVOR
Mira un juicio de nulidad se lleva su tiempo y aqui el va ba a ganar es el abogado por lo de sus honoraraios y por el tiempo que este se lleve, por ello el abogado cito a esta persona para llegar aun arreglo que es lo que deben hacer, asi que ustedes solo con su abogado esten al pendiente y ya no traten con el agiotista

Hermes- Maestro de Maestros

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47
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Re: AYUDA POR FAVOR
ANA escribió:Y ESO DE LA NULIDAD ES COMPLICADO?
ES VERDAD LO QUE DICE EL AGIOTISTA QUE DE TODOS MODOS EL SE VA A QUEDAR CON LA CASA?
ES QUE MI PAPA CON ESO QUE LE DIJO YA QUIERE DESISTIR DEL ABOGADO Y HACER LO QUE EL AGIOTISTA DICE.
ANA,
Como te comenta Hermes, No desistan del Abogado, pues este tipo de DEUDAS son de las más complicadas, deben de estar bien asesorados para que el AGIOTISTA no se quiera pasar de LISTO, este señor le va a decir e inventar muchas cosas a tu PAPA para engañarlo y espantarlo y que tu PAPA acceda a sus peticiones bajo sus reglas.
Re: AYUDA POR FAVOR
ANA si pudieras poner tu estado de donde eres, en el estado de México con un simple contrato de compra-venta basta para hacer los tramites de escriturización previo pago de los derechos del traslado de dominio y también seria bueno que pusieras si el contrato de compra –venta tiene estipulado el precio al cual fue pactada la casa, , ya que el juicio de nulidad tardara años, con el consiguiente gasto de honorarios, y el que les presto si eres del estado de México podría ir a poner la propiedad a su nombre con el contrato de compra venta y escriturar directamente,tambien consulta con tu abogado que les elabore un contrato de compra -venta con fecha anterior al que tiene el que les presto el dinero poniendo de dueño a cualquiera de ustedes,ahora tambien puede poner la casa en copropiedad y asi les seria muy dificil quitarselas,pero esto tendra que ser antes de cualquier proceso judicial,consultalo con el abogado,pero si hay salidas.

AQUILES- Maestro de Maestros

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Re: AYUDA POR FAVOR
Ana,
Creo que lo mejor sería que subieras el contrato al foro (editando los datos de tu papá), porque normalmente en un contrato de compraventa se ponen las condiciones de pago. Y una cláusula de que en caso de una de las partes se desista del convenio hay una PENA CONVENCIONAL que normalmente es del 20% del monto de la operación, a reserva de que se tenga estipulada otra cantidad en el contrato. PUDIERA ser mejor desisitirse del contrato y pagar la pena convencional.
POR ESO INSISTO QUE SERÍA MUY IMPORTANTE VER EL CONTRATO PARA PODER ASESORARTE MEJOR.
Para la escrituración se requiere la firma de tu papá ante el notario. Por eso que tu papá no firme nada. sigue con tu abogado y no desistas, ya que el agiotista lo que quiere es quedarse con la casa.
ANIMO, creo que hay alternativas, pero esas pueden salir viendo el contrato.
POR ESO INSISTO QUE SERÍA MUY IMPORTANTE VER EL CONTRATO PARA PODER ASESORARTE MEJOR.
Para la escrituración se requiere la firma de tu papá ante el notario. Por eso que tu papá no firme nada. sigue con tu abogado y no desistas, ya que el agiotista lo que quiere es quedarse con la casa.
ANIMO, creo que hay alternativas, pero esas pueden salir viendo el contrato.

APOLO- Admin 3

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Re: AYUDA POR FAVOR
El principal problema es que el agiotista los puede acusar de despojo, en caso de que no quieran desocupar la casa, y ahi pueden ganar tiempo pero es eso eso ganar tiempo mientras se logra un arreglo con el prestamista este. Si presto 160,000 pesos va a querer no menos de 240,000 nomas que el contrato de compravente supongo no se hizo ante NOtario Publico verdad? Ahi es donde entra la estrategia de nulidad de contrato pero serìa necesario restituir al menos la cantidad prestada, eso si.

HADES- Admin 2

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Re: AYUDA POR FAVOR
"Usucapión:
La usucapión (a veces llamada prescripción adquisitiva) es un modo de adquirir la propiedad de una cosa y otros derechos reales mediante la posesión continuada de estos derechos durante el tiempo que señala la ley, siempre y cuando no exista acción en contra de dicha posesión por parte del afectado.
La usucapión es un modo de adquirir la propiedad. Es una adquisición de la propiedad que se lleva a efecto mediante una posesión continuada durante el tiempo exigido por la ley.
La usucapión (a veces llamada prescripción adquisitiva) es un modo de adquirir la propiedad de una cosa y otros derechos reales mediante la posesión continuada de estos derechos durante el tiempo que señala la ley, siempre y cuando no exista acción en contra de dicha posesión por parte del afectado.
La usucapión es un modo de adquirir la propiedad. Es una adquisición de la propiedad que se lleva a efecto mediante una posesión continuada durante el tiempo exigido por la ley.
Las cosas susceptibles de usucapión son todas aquellas que están en el comercio de los hombres.
Para que la usucapión se produzca es preciso que la posesión reúna unos determinados requisitos.
Para que un poseedor se convierta en dueño, en virtud de la usucapión es necesario que en su posesión se den una serie de circunstancias muy especiales, que son las que hacen que esta posesión sea digna de la especial tutela que la usucapión otorga; y así, la posesión ha de ser en concepto de dueño, pública, pacífica y no interrumpida.
POSESIÓN EN CONCEPTO DE DUEÑO.- Si la posesión se inició en un concepto diferente del de dueño, la usucapión sólo podrá comenzar a partir del momento en que se haya producido. No puede usucapir el arrendatario y ello aun cuando terminado el arrendamiento hubiera continuado poseyendo.
POSESION PUBLICA Y PACIFICA.- De forma que no adquiere por usucapión aquella persona cuya posesión hubiera sido violenta o de forma oculta o clandestina.
POSESION CONTINUADA.- Es requisito o presupuesto para que la posesión sea hábil para la usucapión que sea continuada, lo que se deduce de la exigencia legal de que no haya sido interrumpida.
No son usucapibles el nombre y los apellidos como tampoco los estados civiles y las condiciones de la persona. Ello se debe a que no son cosas en sentido estricto y, además, no tiene la persona disponibilidad sobre ellos, sentido en el cual es claro que no están en el comercio.
En la usucapión mobiliaria el tiempo que ha de durar la posesión es de tres o seis años, según se trate de una usucapión ordinaria o extraordinaria. En la usucapión inmobiliaria el tiempo es de diez o veinte años si la usucapión es ordinaria y de treinta si es extraordinaria. La usucapión ordinaria se consuma por la posesión de diez años entre presentes y de veinte entre ausentes, entendiéndose por ausente el que reside o ha residido, durante el tiempo que la usucapión ha durado, en país extranjero o en ultramar. La usucapión extraordinaria se
consuma por el transcurso de treinta años sin necesidad de título o de buena fe y sin distinción entre presentes y ausentes."
HASTA DONDE ENTIENDO LA USUCAPION se da cuando una persona ocupa una propiedad, y el legal propietario no lleva a cabo un proceso legal para que lo desocupe. Y por lo que leo, la propiedad está siendo ocupada por el papá de Ana, por lo que no aplica la usucapión, ya que el agiotista no ocupa la casa.
PERO INDEPENDIENTEMENTE DE ESO, lo importante es negociar con el agiotista en base a lo que diga el contrato.

APOLO- Admin 3

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Re: AYUDA POR FAVOR
APOLO estas correcto en lo que citas, por ello el abogado les dijo eso, que es tardo lo es y que se lleva su tiempo tambien lo es, pero el asunto es que ellos no quiten el dedo del reglon y que sea mediante su abogado que se encargue de hablar con el agiotista, saludos

Hermes- Maestro de Maestros

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Re: AYUDA POR FAVOR
TIENES TODA LA RAZÓN HERMES, lo mejor es que le hagan caso al abogado y no al aguiotista.

APOLO- Admin 3

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Página 1 de 1.
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