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Las practicas bancarias y BBVA
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Las practicas bancarias y BBVA
CNN Expansion.com
Marzo-2010
¿Malas o buenas practicas bancarias?
BBVA Bancomer está enviando cartas a sus clientes que tienen planes de pagos en sus tarjetas de crédito que “si realiza en pago en sucursales Bancomer, indicar al personal en ventanilla el destino del pago anticipado que realizará, es decir, deberá indicar cuánto de su pago será aplicado a su ‘Plan de Finanzas Ajustadas (PFA)’ y cuánto a su saldo revolvente en caso de tenerlo”.
Marzo-2010
¿Malas o buenas practicas bancarias?
BBVA Bancomer está enviando cartas a sus clientes que tienen planes de pagos en sus tarjetas de crédito que “si realiza en pago en sucursales Bancomer, indicar al personal en ventanilla el destino del pago anticipado que realizará, es decir, deberá indicar cuánto de su pago será aplicado a su ‘Plan de Finanzas Ajustadas (PFA)’ y cuánto a su saldo revolvente en caso de tenerlo”.
Más abajo en la carta indican que “si sólo realiza el pago sin especificar lo anterior, el pago anticipado que realice quedará como saldo a favor en su revolvente y será aplicado a las mensualidades del ‘PFA’ conforme se vayan requiriendo mes a mes en los siguientes estados de cuenta, a menos que fuera absorbido antes por nuevas compras”.
El problema es que aquellos clientes que hagan sus pagos a través de otros bancos, ya sea vía electrónica o en sucursal, de cualquier forma se ve obligado a acudir a una sucursal de Bancomer a pedir que tanta cantidad del pago se vaya al saldo revolvente y otra determinada cantidad al PFA.
Sin embargo, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley para La Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros “en los créditos, préstamos o financiamiento que las entidades otorguen, el pago de los intereses no podrá ser exigido por adelantado, sino únicamente por períodos vencidos”.
El problema es que aquellos clientes que hagan sus pagos a través de otros bancos, ya sea vía electrónica o en sucursal, de cualquier forma se ve obligado a acudir a una sucursal de Bancomer a pedir que tanta cantidad del pago se vaya al saldo revolvente y otra determinada cantidad al PFA.
Sin embargo, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley para La Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros “en los créditos, préstamos o financiamiento que las entidades otorguen, el pago de los intereses no podrá ser exigido por adelantado, sino únicamente por períodos vencidos”.
A pregunta expresa, BBVA Bancomer aseguró que las nuevas disposiciones para algunos de sus clientes de tarjetas de crédito no violan este artículo.
Pero ¿si no puedes acudir a la sucursal a pedir que se destinen las cantidades, no te están obligando de cierta forma a pagar intereses por adelantado?
Adicionalmente, conforme al artículo 17 de la Ley de Transparencia, los bancos tienen prohibido llevar a cabo prácticas discriminatorias, como “los actos que se realicen para no permitir a sus clientes utilizar la infraestructura de otras entidades o
desalentar su uso”.
BBVA Bancomer también asegura que sus nuevas disposiciones no violentan la ley, ¿tu qué opinas?
Para la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), al menos sí se le está complicando la vida al cliente para cumplir con el pago de sus adeudos.
La mayor institución bancaria en México, medida por sus activos, aseguró que estos PFA o Planes de Finanzas Personales se están otorgando a clientes en el caso de que tengan “algún problema para pagar su tarjeta de crédito” y no califican como reestructuras.
La Condusef está trabajando actualmente en una nueva regulación que permitirá a los usuarios antes de que termine el primer semestre del año, enviar un oficio a su banco para avisar al banco que se quiere cancelar la tarjeta y dejarla en un régimen que se llama “terminal”, esquema que se puede utilizar cuando se quiere cancelar el plástico, pero no se tiene el dinero para saldar el adeudo de inmediato.
Esta nueva disposición evitaría que los bancos puedan cobrarle más comisiones al deudor.
El caso de BBVA Bancomer es sólo un ejemplo, algunos meses atrás vimos el caso de un deudor de Santander, quien tuvo que acudir a la Condusef para que le respetaran lo prometido.
_________________
A veces sentimos que lo que hacemos es tan solo una gota en el mar, pero el mar sería menos si le faltara una gota. [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
EUTERPE- Maestro de Maestros
-
381
Re: Las practicas bancarias y BBVA
Esta nueva disposición evitaría que los bancos puedan cobrarle más comisiones al deudor.
El caso de BBVA Bancomer es sólo un ejemplo, algunos meses atrás vimos el caso de un deudor de Santander, quien tuvo que acudir a la Condusef para
que le respetaran lo prometido....
Banxico limita las comisiones bancarias
El Banco de México dio a conocer las nuevas limitaciones en el cobro de las comisiones para eliminar prácticas inadecuadas en contra de los usuarios del sistema financiero.
Con el objetivo de que los bancos únicamente cobren comisiones que se vinculen con servicios efectivamente prestados, operaciones realizadas, o bien con actos de los clientes.
Estas limitaciones tienen como fin "eliminar prácticas inadecuadas en relación con el cobro de comisiones que a la fecha han sido objeto de observación" en el Registro de Comisiones, dijo el Banco Central en la circular publicada este martes en el Diario Oficial de la federación.
Las nuevas limitaciones que entrarán en vigor el próximo 21 de agosto se refieren a que los bancos no podrán cobrar comisiones:
1.- Que no puedan incluirse en el Costo Anual Total (CAT).
No estarán sujetos a esta limitación los cargos por concepto de pago anticipado, pago tardío e incumplimiento.
2.-Alternativas, salvo cuando la Comisión que se cobre sea la más baja.
3.-Por la cancelación de tarjetas de crédito.
4.-En cuentas de depósito a la vista, por el manejo de cuenta y por no mantener un saldo mínimo, de manera simultánea dentro de un mismo período comprendido en el estado de cuenta.
5.-Cuando requieran que se abra una cuenta de depósito para realizar cargos relativos al pago de algún Crédito que hayan otorgado, por los conceptos siguientes:
i) apertura;
ii) manejo, y por no mantener un saldo promedio mínimo.
6.-Por la devolución, por cualquier causa, de cheques que hayan recibido para abono en alguna cuenta de depósito bancario de dinero.
7.-Por la devolución, por cualquier causa, de cheques que hayan recibido como medio de pago de algún Créditodel cual sean acreedoras.
8.-Por exceder el saldo de la cuenta de depósito bancario de dinero asociada a una tarjeta de débito derivado de transacciones realizadas con ella.
9.-Por intentar exceder el saldo de la cuenta de depósito bancario de dinero asociada a una tarjeta de débito derivado de transacciones realizadas con ella.
10.-Por la cancelación de cuentasde depósito.
11.-Por la cancelación de Medios de Disposición.
12.-Por la cancelación del servicio de banca electrónica.
13.-Tratándose de órdenes de transferencia de fondos, las instituciones de crédito no podrán diferenciar el importe de las Comisiones en función del monto de la transferencia.
Estas nuevas limitaciones en comisiones se basan en las reformas a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de de los Servicios Financieros ublicadas
el 25 de junio pasado y que indican que las instituciones de crédito están obligadas a realizar las acciones conducentes para que sus clientes puedan dar por terminados los contratos de adhesión que hubieren celebrado con las mismas en operaciones activas y pasivas, mediante escrito en el que manifieste su voluntad de dar por terminada la relación jurídica con esa institución.
El caso de BBVA Bancomer es sólo un ejemplo, algunos meses atrás vimos el caso de un deudor de Santander, quien tuvo que acudir a la Condusef para
que le respetaran lo prometido....
Banxico limita las comisiones bancarias
El Banco de México dio a conocer las nuevas limitaciones en el cobro de las comisiones para eliminar prácticas inadecuadas en contra de los usuarios del sistema financiero.
Con el objetivo de que los bancos únicamente cobren comisiones que se vinculen con servicios efectivamente prestados, operaciones realizadas, o bien con actos de los clientes.
Estas limitaciones tienen como fin "eliminar prácticas inadecuadas en relación con el cobro de comisiones que a la fecha han sido objeto de observación" en el Registro de Comisiones, dijo el Banco Central en la circular publicada este martes en el Diario Oficial de la federación.
Las nuevas limitaciones que entrarán en vigor el próximo 21 de agosto se refieren a que los bancos no podrán cobrar comisiones:
1.- Que no puedan incluirse en el Costo Anual Total (CAT).
No estarán sujetos a esta limitación los cargos por concepto de pago anticipado, pago tardío e incumplimiento.
2.-Alternativas, salvo cuando la Comisión que se cobre sea la más baja.
3.-Por la cancelación de tarjetas de crédito.
4.-En cuentas de depósito a la vista, por el manejo de cuenta y por no mantener un saldo mínimo, de manera simultánea dentro de un mismo período comprendido en el estado de cuenta.
5.-Cuando requieran que se abra una cuenta de depósito para realizar cargos relativos al pago de algún Crédito que hayan otorgado, por los conceptos siguientes:
i) apertura;
ii) manejo, y por no mantener un saldo promedio mínimo.
6.-Por la devolución, por cualquier causa, de cheques que hayan recibido para abono en alguna cuenta de depósito bancario de dinero.
7.-Por la devolución, por cualquier causa, de cheques que hayan recibido como medio de pago de algún Créditodel cual sean acreedoras.
8.-Por exceder el saldo de la cuenta de depósito bancario de dinero asociada a una tarjeta de débito derivado de transacciones realizadas con ella.
9.-Por intentar exceder el saldo de la cuenta de depósito bancario de dinero asociada a una tarjeta de débito derivado de transacciones realizadas con ella.
10.-Por la cancelación de cuentasde depósito.
11.-Por la cancelación de Medios de Disposición.
12.-Por la cancelación del servicio de banca electrónica.
13.-Tratándose de órdenes de transferencia de fondos, las instituciones de crédito no podrán diferenciar el importe de las Comisiones en función del monto de la transferencia.
Estas nuevas limitaciones en comisiones se basan en las reformas a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de de los Servicios Financieros ublicadas
el 25 de junio pasado y que indican que las instituciones de crédito están obligadas a realizar las acciones conducentes para que sus clientes puedan dar por terminados los contratos de adhesión que hubieren celebrado con las mismas en operaciones activas y pasivas, mediante escrito en el que manifieste su voluntad de dar por terminada la relación jurídica con esa institución.
Venus- VIP
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Re: Las practicas bancarias y BBVA
Yo por eso ya no vuelvo a tener tarjetas, saludos
Hermes- Maestro de Maestros
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59
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Re: Las practicas bancarias y BBVA
EUTERPE escribió:La mayor institución bancaria en México, medida por sus activos, aseguró que estos PFA o Planes de Finanzas Personales se están otorgando a clientes en el caso de que tengan “algún problema para pagar su tarjeta de crédito” y no califican como reestructuras
Importante tomar en cuenta esta información delos Planes de Finanzas Personales que ofrece BBVA, para no confundirlos con las famosas reestructuras, unque estos PFA, siguen siendo aplicados UNILATERALMENTE, es decir, en cuanto el Banco detecta que te atrasaste en 1 mensualidad al siguiente corte te esta plicando el famoso PFA, sin previa autorización del CLIENTE.
EUTERPE escribió:La Condusef está trabajando actualmente en una nueva regulación que permitirá a los usuarios antes de que termine el primer semestre del año, enviar un oficio a su banco para avisar al banco que se quiere cancelar la tarjeta y dejarla en un régimen que se llama “terminal”, esquema que se puede utilizar cuando se quiere cancelar el plástico, pero no se tiene el dinero para saldar el adeudo de inmediato.
Esta nueva disposición evitaría que los bancos puedan cobrarle más comisiones al deudor.
Ojalá y la Condusef lograra esta nueva regulación, SE IMAGINAN !!! es como quedar en una especie de estado vegetativo [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen] ... y algo como decirle al BANCO "Mira, Ya no quiero la TDC, la quiero cancelar pero aguantame, porque no tengo para liquidar por el momento, así es que no me cobres más comisiones mientras te pago .... y me pregunto?... a que tipo de comisiones se referirá la Condusef!!! bueno por lo menos esta pensando en el beneficio del CLIENTE BANCARIO, esperemos que lo pueda lograr.
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