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CARTA INVITACION ISR2010
2 participantes
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CARTA INVITACION ISR2010
BUENAS NOCHES, ALGUIEN HA TENIDO ALGUNA EXPERIENCIA FAVORABLE AL IMPUGNAR LA CARTA INVITACION DEL SAT POR DEPOSITOS EN EFECTIVO?
fersito- Experto Jr.
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Re: CARTA INVITACION ISR2010
La PRODECON ha lanzado una convocatoria para una reunión con las autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) programada para el día Martes 6 de noviembre de 2012 con el siguiente orden del día:
1. Bienvenida.
2. Presentación de los asistentes.
3. Presentación y discusión de las problemáticas que están generando las cartas invitación emitidas por la autoridad fiscal respecto del “Programa de regularización del Impuesto sobre la Renta”.
4. Asuntos Generales.
5. Clausura.
Problemática
Esta Procuraduría ha tenido conocimiento que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado programas de regularización del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y ha emitido “cartas invitación” a aquellos contribuyentes que pudieran haber obtenido ingresos y no los declararon. El universo de contribuyentes a quienes les han sido emitidas dichas cartas invitación son aquellos que recibieron depósitos de dinero en efectivo en las instituciones del sistema financiero y les fue retenido el impuesto respectivo. El SAT considera que esos depósitos constituyen ingresos en términos de lo dispuesto por los artículos 1° y 106 de la Ley del ISR por lo que precisa el impuesto a cargo del contribuyente, aún en el caso en que la persona que recibió los depósitos no se encuentre inscrita en el RFC por no ser contribuyente.
Como consecuencia de lo anterior, se han presentado personas ante esta Procuraduría de la D efensa del D eudor Contribuyente exponiendo diversos casos en los que alegan que los depósitos que recibieron en sus cuentas no deberían ser considerados ingresos para efectos del ISR, pues no reflejaron una modificación positiva en su patrimonio, ya que algunos de ellos derivan de la obligación de proporcionar alimentos, préstamos entre familiares, cuotas aportadas por padres de familia para la mejora de las escuelas de sus hijos, entre otros.
Asimismo, se ha observado en el área de quejas de esta Procuraduría que en las referidas cartas invitación la autoridad no está tomando en consideración, entre otras circunstancias, que: i) Previo a la notificación de la carta invitación, no se le hace saber al contribuyente la resolución determinante de la cual deriva el crédito fiscal que se le invita a cubrir; ii) La autoridad considera como base del impuesto la totalidad del monto depositado en efectivo, sin considerar que aun cuando el ingreso se encontrara gravado por ISR, la base no es el ingreso bruto, sino la utilidad, es decir, la diferencia entre ingresos y deducciones autorizadas y; iii) No se toma en consideración que la mecánica de cálculo del ISR permite el acreditamiento del IDE retenido por las instituciones bancarias, por lo que el monto a cubrir debe ser menor. Situaciones que de igual forma se traducen en una grave afectación a la seguridad y certeza jurídica de los ciudadanos.
Es por ello, que esta Procuraduría considera pertinente tratar este tema con las autoridades tributarias en una reunión extraordinaria, derivado de su trascendencia en la posible violación a los derechos de los contribuyentes.
Afectación
Del análisis a la problemática planteada, se desprende que las “cartas invitación” enviadas por la autoridad fiscal a los contribuyentes, constituyen actos de molestia que afectan su esfera jurídica, pues ante la “invitación” para regularizar su situación fiscal derivada de depósitos en efectivo en sus cuentas bancarias, precisando la obligación de pagar el impuesto sobre la renta supuestamente omitido, sin que el documento cumpla con la fundamentación y motivación debidas, se deja en estado de inseguridad jurídica a sus destinatarios.
Otro tema relacionado con los depósitos en efectivo, es la incertidumbre que generan las resoluciones emitidas por virtud de los requerimientos realizados a los contribuyentes que recibieron la “carta invitación”, así como la determinación del ISR en términos del artículo 41 del Código Fiscal de la Federación.
Además, esta Procuraduría considera pertinente conocer los criterios de la autoridad en el funcionamiento de los mecanismos de regularización instrumentados y las medidas tomadas al interior del SAT para emitir requerimientos relacionados con la falta de inscripción en el RFC y presentación de declaración anual del ISR respecto de las personas físicas que recibieron depósitos en efectivo, a efecto de garantizar la protección de sus derechos como contribuyentes.
APOLO- Admin 3
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Re: CARTA INVITACION ISR2010
Gracias por la info, APOLO la persona que me habia preguntado ya solicito informacion a la PRODECON y le pidieron acudir primero al SAT y ya derivado de la respuesta y el planteamiento de su situacion solictar nueva asesoria con ellos. Ya tiene los telefonos y direccion de la persona encargada de la delegacion en su ciudad. Si hay alguien con esta situacion es conveniente acudir cuanto antes al SAT para regularizarse ya que al gobierno o le pagas o le pagas y las multas son altisimas, el PRODECON puede asesorarlos despues.
fersito- Experto Jr.
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51
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Re: CARTA INVITACION ISR2010
Gracias fersito, y tienes toda la razón porque además con el SAT si puede llegar hasta ameritar cárcel
APOLO- Admin 3
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53
6872

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