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OjO no se dejen asustar y/o engañar
4 participantes
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OjO no se dejen asustar y/o engañar
Hola. En esta ocasión lea comento que esta circulando en internet y en algunos noticieros la nota de que la SCJN declaró embargable el 30% del salario se un trabajador por deudas de carácter civil y mercantil.
No tardan los despachos de cobranza en hacer uso de esta noticia para asustar y amedrentar a los deudores. Antes de que empiecen a asustarse les comento los siguientes puntos:
1.- ESTO NO ES NUEVO. La ley prevé el embargo del salario desde hace mucho, por las mismas causas.
2.- EL MONTO EMBARGABLE. Los descuentos al salario no pueden sumar más del 30% del excedente del salario mínimo,excepto cuando se trata de pensiones alimenticias, en esta excepción puede llegar a embarcarse hasta el 100% del salario.
3.-DEMANDA. Como siempre y tal como hemos aprendido aquí en el foro, gracias a los maestros del olimpo(saludos), primero debemos ser demandados, notificados, contestar la demanda, perder el juicio y recibir sentencia de un juez, para que entonces nos embarguen lo que sea. Y si, por ejemplo en mi caso, los descuentos de infonanavit ya cubren ese 30%, pues, a la cola. Y si no tenemos empleo no salario que embargar, pues ni modo.
4.- NO DEMANDAN. Además seguimos en la misma, no ha habido demandas de los bancos por créditos de tarjetas ni personales. Y eso que ya entraron en vigor las reformas, los juicios orales y todas aquellas horribles cosas que nos dijeron que iban a pasar.
Ya lo saben, no se dejen engañar ni por despachos ni por reparadoras de crédito que están ofreciendo protegerlos de las reformas, si ellos dicen que quedarán protegidos es porque no existe la amenaza. Son simples reparadoras de crédito sin poder ni autoridad para defender a nadie de nada.
Saludos!
No tardan los despachos de cobranza en hacer uso de esta noticia para asustar y amedrentar a los deudores. Antes de que empiecen a asustarse les comento los siguientes puntos:
1.- ESTO NO ES NUEVO. La ley prevé el embargo del salario desde hace mucho, por las mismas causas.
2.- EL MONTO EMBARGABLE. Los descuentos al salario no pueden sumar más del 30% del excedente del salario mínimo,excepto cuando se trata de pensiones alimenticias, en esta excepción puede llegar a embarcarse hasta el 100% del salario.
3.-DEMANDA. Como siempre y tal como hemos aprendido aquí en el foro, gracias a los maestros del olimpo(saludos), primero debemos ser demandados, notificados, contestar la demanda, perder el juicio y recibir sentencia de un juez, para que entonces nos embarguen lo que sea. Y si, por ejemplo en mi caso, los descuentos de infonanavit ya cubren ese 30%, pues, a la cola. Y si no tenemos empleo no salario que embargar, pues ni modo.
4.- NO DEMANDAN. Además seguimos en la misma, no ha habido demandas de los bancos por créditos de tarjetas ni personales. Y eso que ya entraron en vigor las reformas, los juicios orales y todas aquellas horribles cosas que nos dijeron que iban a pasar.
Ya lo saben, no se dejen engañar ni por despachos ni por reparadoras de crédito que están ofreciendo protegerlos de las reformas, si ellos dicen que quedarán protegidos es porque no existe la amenaza. Son simples reparadoras de crédito sin poder ni autoridad para defender a nadie de nada.
Saludos!
Ryuu- Experto Jr.
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Re: OjO no se dejen asustar y/o engañar
Perdonen los errores de dedo y cambios de palabras, prometo corregirlos cuando este en una PC de escritorio. Estos teléfonos siempre hacen de las suyas. 8D
Ryuu- Experto Jr.
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53
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Re: OjO no se dejen asustar y/o engañar
Excelente aportacion para mi y todos los compañeros, felicidades Ryuu (saludos).
_________________
La deuda más importante que tengo, nunca la podré pagar con dinero, la deuda más importante que tengo, es con la persona que más quiero.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
GALENO- Consultor Master
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Re: OjO no se dejen asustar y/o engañar
Gracias Galeno(antes estrellado), esa nota la vi hoy en un noticiero y en varios posts. Y son precisamente en los noticieros que pertenecen a banqueros donde hacen más amarillismo, MVS(Slim, Inburss), TV Azteca(Banco Azteca), Televisa(se vende al mejor postor).
Y luego resultan ser los despachos que contratan estos bancos, los que pretenden meter terror a los deudores mencionando estas reformas en sus cartas de amor.
Y luego resultan ser los despachos que contratan estos bancos, los que pretenden meter terror a los deudores mencionando estas reformas en sus cartas de amor.
Ryuu- Experto Jr.
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Re: OjO no se dejen asustar y/o engañar
Muchas gracias por la informacion, debido a que ando bien ocupado ya ni las noticias puedo ver, si no, me agarran en curva, muchas gracias.
Otrora poderoso- Principiante Asesorado
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Re: OjO no se dejen asustar y/o engañar
Estimado Ryuu, siempre es bueno saber de ti, y sobretodo con esta valiosa información.
Cuídate y saludos.
Cuídate y saludos.
juan jose lorenzana- Consultor Master
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Re: OjO no se dejen asustar y/o engañar
El fallo viene a raíz de los descuentos a rajatabla que están aplicando los bancos a los deudores. Resulta que si le debes a bancomer por un crédito x o tarjeta que dejaste de pagar por que te quedaste sin empleo o x, y tiempo después consigues un empleo en el que por desgracias te van a pagar por medio de una cuenta en ese banco, pues el banco te empezaba a descontar la totalidad de tu sueldo para cobrarse dejándote desamparado. La medida de la corte viene a reafirmar lo que marca la ley federal del trabajo en lo referente a los descuentos a trabajadores que con excepción de las pensiones alimenticias, el total de los descuentos no debe de exceder del 30% del excedente del salario mínimo. Entonces, ahora se van a tener que aguantar los banqueros abusivos con solo el 30%, pero si ya se están aplicando descuentos por otros conceptos como infonavit u otros, pues A LA COLA!!!
Ryuu- Experto Jr.
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