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PAGO DE DERECHOS 2010 (PASAPORTES)
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PAGO DE DERECHOS 2010 (PASAPORTES)
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NOTA: El trámite del pasaporte realizado en las Oficinas Estatales y Municipales de Enlace con la SRE, podrían tener un costo adicional al aquí plasmado, por el servicio brindado en su localidad. ¡INFORMATE!. APLICACIÓN DEL 50% DE DESCUENTO EN LOS COSTOS DEL PASAPORTE
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REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DEL 50% DE DESCUENTO EN LOS COSTOS DEL PASAPORTE
LAS PERSONAS MAYORES DE 60 AÑOS: deberán presentar copia certificada por el Oficial del Registro Civil del acta de nacimiento (para el trámite por primera vez) y cuando se trate de la renovación será suficiente la presentación del pasaporte.
LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: deberán de comprobar su discapacidad con constancia o certificado médico original, expedido por cualquiera de las instituciones públicas de salud o de seguridad social. El certificado deberá mencionar la discapacidad y hacer constar que la misma es permanente e irreversible.
LOS TRABAJADORES AGRÍCOLAS: requieren presentar para su trámite, además de los requisitos establecidos por el reglamento de pasaportes, la constancia original de registro al programa de "Memorándum de Entendimiento con el Gobierno de Canadá" expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Pago de derechos mediante Pago Electrónico e5CINCO,se puede realizar de dos formas:
a) En Ventanilla Bancaria.
b) Vía Internet
a) Procedimiento para el pago de Derechos en ventanilla bancaria.
1.- Obtenga de forma GRATUITA el formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria en:Formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria
Cualquiera de las delegaciones de la S.R.E. |
Cualquiera de las Oficinas Estatales o Municipales de Enlace con la S.R.E. |
Cualquiera de las Oficinas del Servicio de Aministración Tributaria (SAT) |
La página de Internet de la S.R.E., Tramites y Servicios, Pasaportes, formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria. |
2.- Llene el formato “Formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria” en un tanto, por cada solicitud individual de pasaporte con los siguientes datos: Datos de llenado
Apellido paterno* |
Apellido materno* |
Nombres* |
Vigencia del pasaporte |
Monto a pagar |
3.- Efectúe el pago de derechos en la ventanilla de la Institución Bancaria Autorizada de su elección, en donde se le entregará un recibo bancario con sello digital (comprobante del pago de derecho), el cual deberá ser presentado en original ante la Delegación u Oficina de Enlace, donde realizará el trámite, conservando usted fotocopia de dicho recibo.
Nota: Favor de considerar los horarios del banco de su elección a fin de realizar su pago oportunamente. b) Procedimiento para el pago de Derechos Vía Internet.
1.- El pago de derechos de pasaporte Vía Internet sólo puede efectuarse en las Instituciones Bancarias Autorizadas por el SAT.
2.-Para poder realizar el pago en cualquiera de las Instituciones Bancarias Autorizadas debe ser cuentahabiente del mismo y contar con los servicios de banca electrónica (Bancanet, Conexión personal, etc).
3.- Como referencia la pantalla de captura para realizar el pago en la página web del banco, se encuentra frecuentemente en "Pago de Impuestos Federales" y está identificado como "Pago de Derechos Productos y Aprovechamientos (DPAS)".
4.- Deberá contar con la Clave de Referencia que en todos los casos es la siguiente:Clave de Referencia 024000140
5.- Así mismo deberá de señalar la Cadena de Dependencia en función a la vigencia requerida:Datos de llenado:CadenaVigencia
01030020000001 | Vigencia de 1 año. |
01030020000003 | Vigencia de 3 años. |
01030020000006 | Vigencia de 6 años. |
01030020000010 | Vigencia de 10 años. |
6.- Las personas físicas que opten por efectuar el pago mediante esta vía, deberán realizar una operación bancaria por cada trámite, debiendo obtener un recibo bancario con sello digital a nombre del solicitante del pasaporte.
7.- No se aceptará el pago de derechos por concepto de pasaporte a nombre de personas morales, toda vez que el trámite es únicamente para personas físicas.
8.- Tampoco serán aceptados pagos grupales en virtud de que el trámite de pasaporte es individual e independiente.
9.- Para pagos efectuados a través de los portales de Internet de las Instituciones Bancarias Autorizadas el titular de la cuenta podrá realizar el pago de derechos a favor de un tercero no registrado como cuenta habiente, el cual será el titular del trámite del pasaporte, Para tales efectos, el recibo emitido por la Institución Bancaria deberá especificar el nombre y apellidos del beneficiario del trámite de pasaportes.10.- El servicio para el pago de pasaporte por Internet es responsabilidad del banco que lo ofrece, no de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Ahora que ya ha hecho el pago de derechos y cuenta con la documentación requerida, acuda previa cita a cualquier Delegación u Oficina Estatal o municipal de Enlace con la SRE para tramitar su pasaporte.
¿Tiene Dudas? Consulte las Preguntas Frecuentes
Si requiere de mayor información envíenos un correo: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
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