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PAGA LO JUSTO :: Infórmate de todo sobre tus deudas y PAGA LO JUSTO :: A lo que se enfrenta un Deudor
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Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
FUENTE:
http://www.libresindeudas.com/amenazas-mas-comunes-de-los-despachos-de-cobranza/
En esta apartado intentaremos recopilar y refutar las amenazas más comunes de los despachos de Cobranza, donde encontraremos las ya famosas palabras domingueras, que utilizan para intentar espantar a Deudores Desinformados.
Las respuestas no son simples comentarios que se nos ocurrieron sino que están fundamentadas en la ley y demuestran que lo que dicen en sus cartas o llamadas telefónicas son simples amenazas inventadas por los cobradores sin fundamento legal.
ES muy importante dejar claro dos cosas:
1.- que todo documento legal tiene que ser entregado por un representante de la autoridad competente y, en el caso de las deudas, este sería un ACTUARIO o bien un EJECUTOR plenamente identificado como enviado del juzgado.
2.- Lo que sea entregado por un cobrador, un abogado, un licenciado, buffete jurídico o por el mismo dueño del banco NO TIENE VALOR LEGAL.
PRINCIPALES AMENAZAS QUE UTILIZAN LOS DESPACHOS DE COBRANZA Y/O LOS BANCOS:
El Arraigo Vecinal no existe en la cobranza1.-PROCEDEREMOS A REALIZAR UN “ARRAIGO VECINAL”
NADA tiene que ver con el asunto de las deudas, ya que el arraigo vecinal es un concepto que indica la mayor o menor integración que una persona o familia tiene en la vida social de una comunidad de vecinos. NO quiere decir que me vaya a “arraigar con el vecino” ni en lo personal ni en tus pertenencias.
2.- REALIZAREMOS UNA “DICTAMINACIÓN PATRIMONIAL”
Esta dictaminación se daría si hubieras sido demandado realmente (ver apartado de: Demanda Real) y te hubiera notificado un Actuario; o bien, tendrías TU MISMO que haber dado inicio a una jurisdicción voluntaria y ofrecer tus bienes muebles o inmuebles para pagar tus deuda.
Solo entonces el acreedor podría iniciar una dictaminación de bienes para valuar y seleccionar lo que mejor convenga a sus intereses. No es algo que se pueda dar unilateralmente y sin que exista un proceso legal previo.
2.1- REALIZAREMOS UNA “DILIGENCIA DE CERTIFICACIÓN PATRIMONIAL”
Es una variante de la anterior y aplica lo mismo.
No hay cárcel por deudas3.- LO VAMOS A METER A LA CARCEL POR NO PAGAR
Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil, y eso está fundamentado en el Art. 17 de la Costitución Mexicana. Conoce más leyendo: No Hay Cárcel por Deudas
4.- SI NO ABONA LO QUE LE INDICO, LE VOY A PONER COMO “NEGATIVA DE PAGO”.
El punto es que ellos pueden ponerle lo que les de la gana, pero está claro que en ningún momento te niegas a pagar. Reconoces tu deuda, pero este momento es imposible hacerlo debido a la situación económica adversa. En cuanto salgas les vas a pagar.
Demanda Extrajudicial5.- HABLAMOS DEL JUZGADO PARA AVISARLE QUE “ESTÁ DEMANDADO”.
Si leemos el artículo 16 constitucional dice que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Las palabras Claves son “Por Escrito” y “Autoridad Competente”, eso significa que no me pueden notificar una demanda por teléfono, si importar quién sea; y solo un actuario o ejecutor plenamente identificados (autoridad Competente) podría notificar por escrito que hay un proceso legal de este tiempo en mi contra.
6.- “NOTIFICACIÓN DE EMBARGO”: Procederemos a Embargarlo en 72 horas.
Para que te Embarguen, primero deben Demandarte y notificarte conforme a derecho. Es decir que un ACTUARIO plenamente identificados debió entregarte una cedula de notificación y copia de la demanda en tu contra y, si así lo dictamino un juez, señalar en ese momento bienes a ser embargados.
Las “notificaciones de embargo” enviadas por correo, dejadas bajo la puerta, por email o vía telefónica no tienen valor legal.
7.- PROCEDERMOS A ROMPER CERRADURAS, HACIENDO USO DE LAS MEDIDAS DE APREMIO NECESARIAS e INCLUSO HACIENDO USO DE LA FUERZA PÚBLICA, procediento a atender la diligencia con quien se encuentre en la casa y/o un vecino en caso necesario.
Aplica la misma respuesta de arriba además de que hacen algo sin tener un mandato judicial, el que se va a meter en muchos líos es el cobrador, Despacho y/o Acreedor, pues estarías cometiendo una serie de delitos tales como: allanamiento de morada, daño en propiedad privada, intento de robo, usurpación de funciones públicas y profesionales entre otros.
Para conocer mas lee: Delitos que Cometen los Despachos
8.- LO ACUSAREMOS DE FRAUDE Y LO VAMOS A METER A LA CÁRCEL
El fraude se da si mediante un engaño a un tercero, abuso de confianza, dolo, simulación, etc. hubieras obtenido un beneficio. Cosa que no es así, pues he sido cliente de su banco por varios años y siempre pague los préstamos que me otorgaron.
Mi situación económica actual se salió de control, pues tus ingresos bajaron por causas ajenas a ti. Además, es obligación del acreedor el verificar que tenía la solvencia suficiente para poder pagar los préstamos que me dieron.
9.- SI NO PAGA, LE VAMOS A COBRAR A SUS REFERENCIAS
Eso es imposible, pues las referencias jamás firmaron como avales, Fiadores o Deudores Solidarios de tus préstamos y por lo tanto no tienen ninguna obligación relacionada a lo que tu debas.
Cobradores inmorales10.- PROCEDEREMOS A EMBARGAR LA CASA Y LOS BIENES AUNQUE NO SEA SUYA
Eso es imposible, pues las deudas son de las personas y no de los lugares que habitan o habitaron.
11.- LO VAMOS A EXHIBIR CON SUS VECINOS Y EN SU TRABAJO
En este caso estarían cayendo en el delito de revelación de datos personales que protege el artículo 16 constitucional que señala: toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales. Ley de protección de datos personales en manos de terceros: Artículo 67.- Se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que estando autorizado para tratar datos personales, con un fin de lucro difunda o publique por cualquier medio los datos personales de cualquier persona. Artículo 68.- Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos. Artículo 69.- Tratándose de datos personales sensibles, las penas a que se refiere este Capítulo se duplicarán. Así que cuidadito.
12.- COMUNÍQUEME CON SU JEFE PARA QUE LE DESCUENTE DE SU SUELDO Y ENTERARLO DEL TIPO DE PERSONA QUE ES USTED.
El artículo 112 de la Ley Federal del Trabajo dice que los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo en caso de pensiones alimenticias ordenadas por la autoridad judicial, por lo que mi jefe no está obligado a descontarme ni un solo peso y menos solo porque tú lo dices!
13.- SU CASA HA SIDO SUBASTADA Y LE ANEXO LA LISTA DE LA PERSONAS INTERESADAS EN SU PROPIEDAD.
Primero; el banco tendría que demandarte y ser notificado de acuerdo a lo que dice el art. 16 constitucional; de forma escrita y entregada por un representante del juzgado plenamente identificado como tal.
Embargo Extrajucial14.- REALIZAREMOS UNA “INSPECCIÓN OCULAR EN SU DOMICILIO”.
Eso es del orden penal y las deudas son de caracter civil, pues el deber dinero no es un delito.
La inspección ocular es una diligencia realizada por el Ministerio Público en la averiguación previa en la que dará fe de tener a la vista determinadas cosas o personas. Su objeto es acreditar el cuerpo del delito, esto es, los elementos objetivos externos. Por ejemplo, en un daño en propiedad ajena, se describe el objeto y las alteraciones que presenta.
15.- REALIZAREMOS UNA “INSPECCIÓN EXTRAJUDICIAL” EN SU DOMICILIO
Extrajudicial quiere decir que es por fuera de los juzgados, por lo tanto no tiene valor legal, es más ni existe legalmente.
16.- ESTAMOS GRABANDO LA LLAMADA Y LA USAREMOS COMO PRUEBA DE SU NEGATIVA DE PAGO EN EL JUCIO EN SU CONTRA.
EN México las llamadas telefónicas como elemento probatorio son admitidas solo en casos del orden penal y no civil, como es deber dinero al banco. Y aunque fueran admitidas, se requiere de toda una serie de peritajes para comprobar su autenticidad.
17.- ARRAIGO DOMICILIARIO
El Arraigo Domiciliario, solo en aplicable en las Demandas penales y sólo en casos muy específicos que no tiene caso abordar, puesto que sabemos que las deudas son de caracter civil.
18.- DEMANDA EXTRAJUDICIAL
Extrajudicial significa fuera de los juzgados, y las demandas deben ser en los juzgados, entonces esto sería una contradicción, un sin-sentido, una tontaría inventada por un despacho.
19.- EJECUCION EXTRAJUDICIAL, COBRANZA EXTRAJUDICIAL, ACCION EJECUTIVA DE COBRO, REQUERIMIENTO EXTRAJUDICIAL, etc EXTRAJUDICIAL.
En general, siempre que les manden una cartita que diga lo que sea pero con la palabra “EXTRAJUDICIAL” O “EXTRALEGAL”, significa que van a seguir insistiendo la cobranza por fuera de los juzgados.
Extrajudicial significa por fuera de los juzgados.
Exralegal, significa por fuera de lo que ley establece.
http://www.libresindeudas.com/amenazas-mas-comunes-de-los-despachos-de-cobranza/
En esta apartado intentaremos recopilar y refutar las amenazas más comunes de los despachos de Cobranza, donde encontraremos las ya famosas palabras domingueras, que utilizan para intentar espantar a Deudores Desinformados.
Las respuestas no son simples comentarios que se nos ocurrieron sino que están fundamentadas en la ley y demuestran que lo que dicen en sus cartas o llamadas telefónicas son simples amenazas inventadas por los cobradores sin fundamento legal.
ES muy importante dejar claro dos cosas:
1.- que todo documento legal tiene que ser entregado por un representante de la autoridad competente y, en el caso de las deudas, este sería un ACTUARIO o bien un EJECUTOR plenamente identificado como enviado del juzgado.
2.- Lo que sea entregado por un cobrador, un abogado, un licenciado, buffete jurídico o por el mismo dueño del banco NO TIENE VALOR LEGAL.
PRINCIPALES AMENAZAS QUE UTILIZAN LOS DESPACHOS DE COBRANZA Y/O LOS BANCOS:
El Arraigo Vecinal no existe en la cobranza1.-PROCEDEREMOS A REALIZAR UN “ARRAIGO VECINAL”
NADA tiene que ver con el asunto de las deudas, ya que el arraigo vecinal es un concepto que indica la mayor o menor integración que una persona o familia tiene en la vida social de una comunidad de vecinos. NO quiere decir que me vaya a “arraigar con el vecino” ni en lo personal ni en tus pertenencias.
2.- REALIZAREMOS UNA “DICTAMINACIÓN PATRIMONIAL”
Esta dictaminación se daría si hubieras sido demandado realmente (ver apartado de: Demanda Real) y te hubiera notificado un Actuario; o bien, tendrías TU MISMO que haber dado inicio a una jurisdicción voluntaria y ofrecer tus bienes muebles o inmuebles para pagar tus deuda.
Solo entonces el acreedor podría iniciar una dictaminación de bienes para valuar y seleccionar lo que mejor convenga a sus intereses. No es algo que se pueda dar unilateralmente y sin que exista un proceso legal previo.
2.1- REALIZAREMOS UNA “DILIGENCIA DE CERTIFICACIÓN PATRIMONIAL”
Es una variante de la anterior y aplica lo mismo.
No hay cárcel por deudas3.- LO VAMOS A METER A LA CARCEL POR NO PAGAR
Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil, y eso está fundamentado en el Art. 17 de la Costitución Mexicana. Conoce más leyendo: No Hay Cárcel por Deudas
4.- SI NO ABONA LO QUE LE INDICO, LE VOY A PONER COMO “NEGATIVA DE PAGO”.
El punto es que ellos pueden ponerle lo que les de la gana, pero está claro que en ningún momento te niegas a pagar. Reconoces tu deuda, pero este momento es imposible hacerlo debido a la situación económica adversa. En cuanto salgas les vas a pagar.
Demanda Extrajudicial5.- HABLAMOS DEL JUZGADO PARA AVISARLE QUE “ESTÁ DEMANDADO”.
Si leemos el artículo 16 constitucional dice que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Las palabras Claves son “Por Escrito” y “Autoridad Competente”, eso significa que no me pueden notificar una demanda por teléfono, si importar quién sea; y solo un actuario o ejecutor plenamente identificados (autoridad Competente) podría notificar por escrito que hay un proceso legal de este tiempo en mi contra.
6.- “NOTIFICACIÓN DE EMBARGO”: Procederemos a Embargarlo en 72 horas.
Para que te Embarguen, primero deben Demandarte y notificarte conforme a derecho. Es decir que un ACTUARIO plenamente identificados debió entregarte una cedula de notificación y copia de la demanda en tu contra y, si así lo dictamino un juez, señalar en ese momento bienes a ser embargados.
Las “notificaciones de embargo” enviadas por correo, dejadas bajo la puerta, por email o vía telefónica no tienen valor legal.
7.- PROCEDERMOS A ROMPER CERRADURAS, HACIENDO USO DE LAS MEDIDAS DE APREMIO NECESARIAS e INCLUSO HACIENDO USO DE LA FUERZA PÚBLICA, procediento a atender la diligencia con quien se encuentre en la casa y/o un vecino en caso necesario.
Aplica la misma respuesta de arriba además de que hacen algo sin tener un mandato judicial, el que se va a meter en muchos líos es el cobrador, Despacho y/o Acreedor, pues estarías cometiendo una serie de delitos tales como: allanamiento de morada, daño en propiedad privada, intento de robo, usurpación de funciones públicas y profesionales entre otros.
Para conocer mas lee: Delitos que Cometen los Despachos
8.- LO ACUSAREMOS DE FRAUDE Y LO VAMOS A METER A LA CÁRCEL
El fraude se da si mediante un engaño a un tercero, abuso de confianza, dolo, simulación, etc. hubieras obtenido un beneficio. Cosa que no es así, pues he sido cliente de su banco por varios años y siempre pague los préstamos que me otorgaron.
Mi situación económica actual se salió de control, pues tus ingresos bajaron por causas ajenas a ti. Además, es obligación del acreedor el verificar que tenía la solvencia suficiente para poder pagar los préstamos que me dieron.
9.- SI NO PAGA, LE VAMOS A COBRAR A SUS REFERENCIAS
Eso es imposible, pues las referencias jamás firmaron como avales, Fiadores o Deudores Solidarios de tus préstamos y por lo tanto no tienen ninguna obligación relacionada a lo que tu debas.
Cobradores inmorales10.- PROCEDEREMOS A EMBARGAR LA CASA Y LOS BIENES AUNQUE NO SEA SUYA
Eso es imposible, pues las deudas son de las personas y no de los lugares que habitan o habitaron.
11.- LO VAMOS A EXHIBIR CON SUS VECINOS Y EN SU TRABAJO
En este caso estarían cayendo en el delito de revelación de datos personales que protege el artículo 16 constitucional que señala: toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales. Ley de protección de datos personales en manos de terceros: Artículo 67.- Se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que estando autorizado para tratar datos personales, con un fin de lucro difunda o publique por cualquier medio los datos personales de cualquier persona. Artículo 68.- Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos. Artículo 69.- Tratándose de datos personales sensibles, las penas a que se refiere este Capítulo se duplicarán. Así que cuidadito.
12.- COMUNÍQUEME CON SU JEFE PARA QUE LE DESCUENTE DE SU SUELDO Y ENTERARLO DEL TIPO DE PERSONA QUE ES USTED.
El artículo 112 de la Ley Federal del Trabajo dice que los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo en caso de pensiones alimenticias ordenadas por la autoridad judicial, por lo que mi jefe no está obligado a descontarme ni un solo peso y menos solo porque tú lo dices!
13.- SU CASA HA SIDO SUBASTADA Y LE ANEXO LA LISTA DE LA PERSONAS INTERESADAS EN SU PROPIEDAD.
Primero; el banco tendría que demandarte y ser notificado de acuerdo a lo que dice el art. 16 constitucional; de forma escrita y entregada por un representante del juzgado plenamente identificado como tal.
Embargo Extrajucial14.- REALIZAREMOS UNA “INSPECCIÓN OCULAR EN SU DOMICILIO”.
Eso es del orden penal y las deudas son de caracter civil, pues el deber dinero no es un delito.
La inspección ocular es una diligencia realizada por el Ministerio Público en la averiguación previa en la que dará fe de tener a la vista determinadas cosas o personas. Su objeto es acreditar el cuerpo del delito, esto es, los elementos objetivos externos. Por ejemplo, en un daño en propiedad ajena, se describe el objeto y las alteraciones que presenta.
15.- REALIZAREMOS UNA “INSPECCIÓN EXTRAJUDICIAL” EN SU DOMICILIO
Extrajudicial quiere decir que es por fuera de los juzgados, por lo tanto no tiene valor legal, es más ni existe legalmente.
16.- ESTAMOS GRABANDO LA LLAMADA Y LA USAREMOS COMO PRUEBA DE SU NEGATIVA DE PAGO EN EL JUCIO EN SU CONTRA.
EN México las llamadas telefónicas como elemento probatorio son admitidas solo en casos del orden penal y no civil, como es deber dinero al banco. Y aunque fueran admitidas, se requiere de toda una serie de peritajes para comprobar su autenticidad.
17.- ARRAIGO DOMICILIARIO
El Arraigo Domiciliario, solo en aplicable en las Demandas penales y sólo en casos muy específicos que no tiene caso abordar, puesto que sabemos que las deudas son de caracter civil.
18.- DEMANDA EXTRAJUDICIAL
Extrajudicial significa fuera de los juzgados, y las demandas deben ser en los juzgados, entonces esto sería una contradicción, un sin-sentido, una tontaría inventada por un despacho.
19.- EJECUCION EXTRAJUDICIAL, COBRANZA EXTRAJUDICIAL, ACCION EJECUTIVA DE COBRO, REQUERIMIENTO EXTRAJUDICIAL, etc EXTRAJUDICIAL.
En general, siempre que les manden una cartita que diga lo que sea pero con la palabra “EXTRAJUDICIAL” O “EXTRALEGAL”, significa que van a seguir insistiendo la cobranza por fuera de los juzgados.
Extrajudicial significa por fuera de los juzgados.
Exralegal, significa por fuera de lo que ley establece.
APOLO- Admin 3
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6872
A Hermiliooo, Elis, Alfonso2020, Emmanuel Jalisco, Leecar, Eduardo2121 y a Monica Alferez les gusta esta publicaciòn
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Excelente tu publicacion APOLO ojala lo pusieras en algun link al inicio del foro como informacion rapida para los nuevos integrantes. SALUDOS HERMANO.
fersito- Experto Jr.
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53
216
A Emmanuel Jalisco le gusta esta publicaciòn
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Excelente idea Fersito.
Ya puse un ícono con un link a este post (arriba a la izquierda-abajo del logo)
Ya puse un ícono con un link a este post (arriba a la izquierda-abajo del logo)
APOLO- Admin 3
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55
6872
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
APOLO excelente, me encanto la imagen!!!
Andrómeda*- CONSULTOR MASTER
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48
3491
A Emmanuel Jalisco le gusta esta publicaciòn
Re: Amenazas mas comunes de lo despachos
Gracias Apolo por poner el link ala vista, te comento que mientras estaba navegando en el foro recibi una llamada del banco algo agresiva e inmediatamente le di click al link asi que pude manejar esa llamada(la primera que contesto despues de casi 1 mes).
Salu2
Salu2
agobiado3- Informado
-
128
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Me dá mucho gusto que la información sirva y tenga aplicación práctica en la vida diaria.
APOLO- Admin 3
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55
6872
A Mary Aguilera le gusta esta publicaciòn
Gracias
Agradesco a todos los del foro por sus aportes, por sus asesoria
felicidades
felicidades
Robyy- Des-informado
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7
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Gracias por la info!!!
Julieta luna- Des-informado
-
3
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Como comentario lo unico que diria es que los cobradores no pueden ser juez y parte del proceso , ellos dicen toda esta sarta de tarugadas para espantar u poder asi ellos cobrar su comision.ELLOS SON PARTE DEL PROCESO NO PUEDEN SER EJECUTORES DE NADA. No pueden hacer nada de lo que dicen ya que la ley no se los permite.
newii007- CONSULTOR MASTER
-
64
1847
Graciaass....
muy interesante este link
informacion muy buena y de utilidad
graciasss...
informacion muy buena y de utilidad
graciasss...
Zofi- Principiante Interesado
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52
38
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Muchísimas GRACIAS!!!
Información me ha sido útil continuo leyendo y me regresa el apetito y la tranquilidad.
Gracias por ayudar a conciliar mi sueño
Información me ha sido útil continuo leyendo y me regresa el apetito y la tranquilidad.
Gracias por ayudar a conciliar mi sueño
sergio0875- Des-informado
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3
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
mil grs por la informacion!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
excelente para ponernos a estudiarla
Slds!!!
excelente para ponernos a estudiarla
Slds!!!
Maryta Garcia- Informado
-
81
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
VER EN ESTE LINK.-
https://www.pagalojusto.org/t7761-de-ahi-la-importancia-de-leer-las-letras-chiquitas#47614
VER EN ESTE LINK.-
https://www.pagalojusto.org/t7761-de-ahi-la-importancia-de-leer-las-letras-chiquitas#47614
APOLO- Admin 3
-
55
6872
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Buenos días
Como comentario, hace poco me llego un mensaje al celular diciendo: accion ejecutiva de cobro, que pagara o hablara a los telefonos para detener el proceso, como fue por mensaje al celular ni siquiera pense que valiera la pena en contestarles.
Y ahora que leo la guia me ha resultado practica
Como comentario, hace poco me llego un mensaje al celular diciendo: accion ejecutiva de cobro, que pagara o hablara a los telefonos para detener el proceso, como fue por mensaje al celular ni siquiera pense que valiera la pena en contestarles.
Y ahora que leo la guia me ha resultado practica
estrellita2013- Informado
-
60
muy agradecida
despues de tu gran ayuda me siento mas tranquila que bueno que te tomas el tiempo de ayudar que dios te bendiga por sacarnos un poco de nuestra ignorancia para que no nos intimiden gracias
nefertiti- Des-informado
-
4
AGRADECIMIENTO
Muchas gracias por la información es muy útil, en este año estaré ahorrando para pagar, espero mas adelante me puedan ayudar para hacer las cosas bien en lo que se refiere a los pagos.
Una vez mas gracias
Saludos cordiales!!
Una vez mas gracias
Saludos cordiales!!
AMIGOTE01- Des-informado
-
5
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
sobre este punto:
11.- LO VAMOS A EXHIBIR CON SUS VECINOS Y EN SU TRABAJO
En este caso estarían cayendo en el delito de revelación de datos personales que protege el artículo 16 constitucional que señala: toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales. Ley de protección de datos personales en manos de terceros: Artículo 67.- Se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que estando autorizado para tratar datos personales, con un fin de lucro difunda o publique por cualquier medio los datos personales de cualquier persona. Artículo 68.- Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos. Artículo 69.- Tratándose de datos personales sensibles, las penas a que se refiere este Capítulo se duplicarán. Así que cuidadito.
como puedes actuar si ya lo estan haciendo?
yo ya me queje en la condusef, pero no han parado de molestar aqui en el trabajo.,
pregunte en IFAI tambien, pero no me sacaron de la duda
gracias por sus futuras respuestas!
11.- LO VAMOS A EXHIBIR CON SUS VECINOS Y EN SU TRABAJO
En este caso estarían cayendo en el delito de revelación de datos personales que protege el artículo 16 constitucional que señala: toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales. Ley de protección de datos personales en manos de terceros: Artículo 67.- Se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que estando autorizado para tratar datos personales, con un fin de lucro difunda o publique por cualquier medio los datos personales de cualquier persona. Artículo 68.- Se sancionará con prisión de seis meses a cinco años al que, con el fin de alcanzar un lucro indebido, trate datos personales mediante el engaño, aprovechándose del error en que se encuentre el titular o la persona autorizada para transmitirlos. Artículo 69.- Tratándose de datos personales sensibles, las penas a que se refiere este Capítulo se duplicarán. Así que cuidadito.
como puedes actuar si ya lo estan haciendo?
yo ya me queje en la condusef, pero no han parado de molestar aqui en el trabajo.,
pregunte en IFAI tambien, pero no me sacaron de la duda
gracias por sus futuras respuestas!
Yubelka- Des-informado
-
6
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
hola, es de C&A, la tienda de ropa
saludos!
saludos!
Yubelka- Des-informado
-
6
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Me permito extraer esta información para hacerla pública en mi perfil de facebook....vale la pena que más gente lo conozca, y que conozca del foro, de antemano gracias!
JorgeGCol- Des-informado
-
56
3
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
JorgeGCol, no hay problema que lo hagas, la idea del foro es que más deudores conozcan sus derechos y sepan que pueden salir de deudas , que no se dejen atemorizar por estas frases que inventaron gentes sin escrupulos deseosos de ganar unos cuantos pesos, sin medir siquiera los alcances que esto pueda ocasionar, hay vidas que se han perdido gracias a estas amenazas, ahora que estamos informados es nuestro deber trasmitir.
_________________
Solo es amado y respetado quien ama y se respeta a sí mismo. Jamás procures agradar a todo el mundo, o perderás el respeto de todos.
Andrómeda*- CONSULTOR MASTER
-
48
3491
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Adelante!!!
Mientras más personas estén informadas, será mucho mejor.
Mientras más personas estén informadas, será mucho mejor.
APOLO- Admin 3
-
55
6872
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
GRACIAS!!
Me fue de mucha utilidad leer este articulo, hablare por teléfono a cobranza SEARS y le pediré que se respeten mis derechos según los artículos. 16,67,68 y 69 ya que en ningún momento niego mi deuda.
Me fue de mucha utilidad leer este articulo, hablare por teléfono a cobranza SEARS y le pediré que se respeten mis derechos según los artículos. 16,67,68 y 69 ya que en ningún momento niego mi deuda.
criss77- Des-informado
-
45
6
Re: Amenazas más comunes de los Despachos ("Extrajudicial")
Antes de decirle lo de los artículos, "sácale" el nombre del despacho, el número de teléfono y el nombre del cobrador.
Dile que quieres negociar con él pero que necesitas los datos para llamarle en un rato.
Dile que quieres negociar con él pero que necesitas los datos para llamarle en un rato.
APOLO- Admin 3
-
55
6872
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