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CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA.

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CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA. Empty CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA.

Mensaje  Venus Lun 4 Oct 2010 - 13:04

[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

Muy buenas recomendaciones... Ojalá no las lleguemos a necesitar, pero mas vale
estar bien informados,verdad?

Buenas tardes...
saludos a todos!


---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Cortesía de Seguros INBURSA Esperamos que nadie lo ocupe.

Qué hacer cuando uno atropella a alguien es importante saberlo
SIEMPRE ES BUENO ESTAR INFORMADO.

Si uno atropella a un peatón y éste muere hay que esperar a que el tránsito llegue a levantar el croquis; pero a veces dichos croquis son modificados para inculparnos más. Si ud cree que el croquis no corresponde con la escena original, aunque le parezca extraño, NO SE NIEGUE A FIRMARLO, pues ante su negativa, un testigo (por lo general miembro de la banda) firma el croquis, que no se podrá cambiar después. Lo correcto es firmarlo y en la parte que dice OBSERVACIONES escribir que usted no está de acuerdo, que el croquis esta cambiado, etc. No le pida permiso ni le diga al agente de tránsito que usted va a escribir en Observaciones, pues él lo puede intimidar con cosas como irrespeto a la autoridad etc.

Ese espacio es para su uso, así que hágalo sin decirle nada a él, es su derecho. Si tiene la posibilidad de tomar fotos, hágalo! UTILICE LA CAMARA DE SU CELULAR Si el peatón queda herido lo ideal es esperar a que llegue una ambulancia, pero uno debe hacer un juicio y valorar el estado de la persona, porque si la persona muere mientras la ambulancia llega, usted va a ser inculpado por no prestar ayuda. De manera que si usted cree que la persona necesita ayuda inmediata y la ambulancia no llega, usted debe llevarla a la clínica más cercana.

Si en este caso la persona llegare a morir en su automóvil, no se detenga en ningún CAI o estación de policía, pues usted puede ser inculpado por homicidio y el cuerpo de la persona se constituye en prueba.
Usted debe seguir hasta el hospital o clínica y allí los médicos determinarán que la persona murió en un accidente de tránsito; o aún mejor, podría llegar con vida.

A su vez, al hospital llegará un policía de tránsito que en ese momento se convierte en Policía Judicial (ya que él recoge todas las pruebas y testimonios que va a entregar a un fiscal) y le pedirá a usted, el conductor(a), una versión libre de lo sucedido.

POR NINGUNA RAZON DIGA QUE LE DIÓ, LO ATROPELLÓ, LO COGIÓ, etc ., porque usando esa Terminología usted estaría aceptando la culpa y dándole la razón a los que lo quieren estafar. Diga que usted iba por la vía 'x' a velocidad 'x' y la Persona se atravesó y se presentó un ACCIDENTE.

El policía de tránsito le va a preguntar con qué parte del carro golpeó al peatón, no caiga en su trampa, diga que la persona se atravesó y ella fue quien golpeó el carro en la parte de adelante....NO responda que UD LO GOLPEO CON 'X' PARTE, porque esta aceptando la responsabilidad

El próximo paso es que a usted lo lleven a Medicina Legal, y le hagan 2 pruebas que son muy diferentes: prueba de embriaguez y prueba de sangre.

La de embriaguez es en la que lo ponen a caminar el línea recta, mirar fijamente un dedo, etc. Si usted da negativo(a) en esta prueba NO deje que le hagan la prueba de sangre ; usted no está obligado y esta última
puede salir positiva así usted este sobrio. Esto debido a que el alcohol permanece por algunos días en la sangre.

Así que si usted ha bebido licor en los días anteriores la prueba puede salir positiva así usted esté en sus cabales. Pero si la prueba de embriaguez da positiva usted no se puede oponer a la de sangre, pues es para
confirmar.

En este caso NO ACEPTE jeringas que no sean abiertas delante suyo. De aquí usted será llevado a una URI de la fiscalía, y será detenido Por 72 horas y su carro será llevado a Los Patios.

Si usted sospecha que está siendo víctima de un montaje dígalo, pida que se investigue, contacte a un abogado; no deje que estos delincuentes se salgan con la suya. Por lo general estas personas demandan a los 8-10 días del accidente, y cuando se presentan demandas tan rápido... sospeche!!, el 90% de ellas son arregladas, y oscilan entre los valores de $80 a $390 mil pesos o mas , amparados bajo dictámenes por Peritos de Medicinal legal que son cómplices y dicen que la persona tiene incapacidad de 9 o 10 meses cuando en realidad la incapacidad es de 20 días, y el tiempo de incapacidad es determinante para que el juez dicte el precio que hay que pagar.

Uno puede pedir un segundo aval de otro perito si tiene sospechas y salvar de esta manera su patrimonio. Si un segundo perito difiere enormemente del primero, éste último quedará al descubierto y pagará con cárcel y
perderá su tarjeta profesional, y se descubrirá que usted ha sido víctima de un montaje.

No se trata de pensar que los verdaderos accidentes no ocurren, pero es bueno estar informados de todo esto ya que la estadística es grande.

Así que, por favor, tomemos precauciones y cuidémonos. Háganse asesorar De su seguro y recuerde no caer en el juego de palabras que pueden terminar inculpándolo así usted no tenga la culpa'.

(Enviemos este mensaje a sus familiares, amigos y colegas de trabajo, no
sabemos en que momento podemos estar en esta situación)


Dirección General de Riesgos Profesionales
GRUPO FINANCIERO INBURSA
Venus
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CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA. Empty Re: CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA.

Mensaje  HADES Lun 4 Oct 2010 - 13:29

Bueno en realidad este tip corresponde a Argentina pero funcionan muy similares ante nada evite echarse la culpa y meterse en el juego de los agentes de transito, mejor espere a su agente de la aseguradora y siga las instrucciones telefonicas de la empresa contratada para estos fines de aseguranza.



HADES
HADES
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Masculino 250,001 y 500,000
Estado de México
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CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA. Empty Re: CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA.

Mensaje  Hermes Lun 4 Oct 2010 - 13:37

A mi tambien me llego ese email, he de dcirles que despues del problema que tuve con ese chofer de ruta, al siguiente semana contrate un seguro y es que la verdad manejan como cafres, tan solo hoy en plena curva uno de ellos descarco pasaje sobre la curba del lado izquierdo con tal de revasar a otra y cuando se incorporo lo hizo aventandome la camioneta y luego mas adelante por irse corretenado me hacen sandwich y la verdad que pelear con ellos no vale la pena, lo mejor que hice me la lleve tranquila he de decirles que todos los dias hay un accidente de ellos, pero bueno fue solo un susto hoy y nada me paso, saludos y hay que tomarlas debidas precauciones
Hermes
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CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA. Empty Re: CONOCE TUS DERECHOS EN CASO DE ATROPELLAR A UNA PERSONA.

Mensaje  Minerva Lun 4 Oct 2010 - 20:18

Que bueno que lo hiciste Hermes, es imposible ponerse al tu por tu con esos señores. Y mejor aun, que bueno que ya te conseguiste el seguro, siempre le da a uno cierta tranquilidad. Un Saludo!!
Minerva
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