Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Últimos temas
IMSS Y SECRETARIA DEL TRABAJO DISCUTEN HOY "TOPE" A PENSIONES.
Página 1 de 1.
IMSS Y SECRETARIA DEL TRABAJO DISCUTEN HOY "TOPE" A PENSIONES.
El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) discute hoy y puede pronunciarse contra la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación según la cual los trabajadores no podrán recibir más de 10 salarios mínimos de pensión aunque en su vida laboral hayan cotizado más.
La mayoría de los consejeros del IMSS, e incluso el director del instituto, Daniel Karam, están en contra de la disposición judicial por la que se impondría un tope de 10 salarios mínimos a las solicitudes de pensión por invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada, según declara José Luis Carazo Preciado, integrante de la dirigencia de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y representante del sector obrero ante el Consejo Técnico del Seguro Social.
En días pasados, el IMSS señaló que debía haber un acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para detener la jurisprudencia, y, a decir del magistrado Juventino Castro, la forma más efectiva de modificar el criterio consiste en que el Poder Legislativo reforme la Ley del Seguro Social.
Contradicción en los tribunales
El tribunal colegiado número 13 decretó, dentro del juicio de amparo directo número 50/2010, que “… tratándose del pago de pensiones de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, es infundado considerar que si el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización excede de diez veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal”, el IMSS pretendiera ajustar ese monto a dicha limitante, en términos de lo dispuesto por el artículo 33 de la abrogada Ley del Seguro Social.
En cambio, el 12 tribunal colegiado en materia del trabajo estableció, al resolver el juicio de amparo directo número 482/2008, que conforme a lo dispuesto por el artículo 33 de la anterior ley de la materia, el límite para establecer el pago de los seguros de vejez será el equivalente a diez veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización exceda de dicho importe.
En resumen, si no se resuelve la contradicción y la disposición procede, en adelante, un trabajador perderá todo juicio de amparo que promueva por no estar conforme si el IMSS sólo le paga como pensión 10 veces el salario mínimo vigente en el DF, a pesar de que durante su vida laboral cotizó hasta 25 veces ese salario. Por ello, en SuDinero.com.mx esperamos que las instituciones, autoridades y actores involucrados lleguen a acuerdos congruentes y bien fundados en prode los trabajadores mexicanos y sus pensiones.
Vía: El Informador y La Jornada en línea
La mayoría de los consejeros del IMSS, e incluso el director del instituto, Daniel Karam, están en contra de la disposición judicial por la que se impondría un tope de 10 salarios mínimos a las solicitudes de pensión por invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada, según declara José Luis Carazo Preciado, integrante de la dirigencia de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y representante del sector obrero ante el Consejo Técnico del Seguro Social.
En días pasados, el IMSS señaló que debía haber un acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para detener la jurisprudencia, y, a decir del magistrado Juventino Castro, la forma más efectiva de modificar el criterio consiste en que el Poder Legislativo reforme la Ley del Seguro Social.
Contradicción en los tribunales
El tribunal colegiado número 13 decretó, dentro del juicio de amparo directo número 50/2010, que “… tratándose del pago de pensiones de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, es infundado considerar que si el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización excede de diez veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal”, el IMSS pretendiera ajustar ese monto a dicha limitante, en términos de lo dispuesto por el artículo 33 de la abrogada Ley del Seguro Social.
En cambio, el 12 tribunal colegiado en materia del trabajo estableció, al resolver el juicio de amparo directo número 482/2008, que conforme a lo dispuesto por el artículo 33 de la anterior ley de la materia, el límite para establecer el pago de los seguros de vejez será el equivalente a diez veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización exceda de dicho importe.
En resumen, si no se resuelve la contradicción y la disposición procede, en adelante, un trabajador perderá todo juicio de amparo que promueva por no estar conforme si el IMSS sólo le paga como pensión 10 veces el salario mínimo vigente en el DF, a pesar de que durante su vida laboral cotizó hasta 25 veces ese salario. Por ello, en SuDinero.com.mx esperamos que las instituciones, autoridades y actores involucrados lleguen a acuerdos congruentes y bien fundados en prode los trabajadores mexicanos y sus pensiones.
Vía: El Informador y La Jornada en línea
Venus- VIP
-
65
1386
Temas similares
» SECRETARIA DEL TRABAJO VA POR REFORMAS AL INFONACOT
» Préstamo Secretaría de Economía
» Pensiones atrapadas entre 1973 y 1997
» PRESTAMO VIA NOMINA DE PENSIONES
» bancomer cobra de pensiones
» Préstamo Secretaría de Economía
» Pensiones atrapadas entre 1973 y 1997
» PRESTAMO VIA NOMINA DE PENSIONES
» bancomer cobra de pensiones
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
Hoy a las 12:33 por lilkuiz
» Deuda con TDC Konfio. Alguien más en caso similar?
Hoy a las 11:50 por Leslie27
» Dineria
Hoy a las 11:14 por lilkuiz
» Qué hacer para que ya no molesten los despachos de cobranza
Ayer a las 16:29 por Delvey
» Carta Convenio LS Abogados - Dineria
Ayer a las 14:53 por lilkuiz
» Deudas Dineria, Vivus, Credito365, Mercado Libre, Credmex, Doctor Peso, Kueski y Baubap
Ayer a las 13:50 por Monica Alferez
» Banco azteca, me envia mensajes de texto con amenaza de embargo , carcel , pero no me han llegado papeles de embargo , estan fastidiando a las referencias que di por llamadas telefonicas
Ayer a las 10:51 por lilkuiz
» Préstamo La Tasa
Ayer a las 9:13 por Clivan
» TC Santander cobranza WORKLY MEXICO amenaza de visita domiciliaria
Dom 5 Mayo 2024 - 22:15 por VIRI199023
» CREDMEX ES UNA APP FRAUDOLENTA ??
Sáb 4 Mayo 2024 - 10:03 por Monica Alferez
» Rescision de contrato - Kubo Financiero
Sáb 4 Mayo 2024 - 9:54 por Monica Alferez
» Kubo Financiero
Sáb 4 Mayo 2024 - 9:01 por Monica Alferez
» Posible quita con BBVA
Vie 3 Mayo 2024 - 19:57 por DANIEL AM
» Deuda con Lendon
Vie 3 Mayo 2024 - 19:18 por lilkuiz
» Préstamo Kubo Financiero
Vie 3 Mayo 2024 - 17:55 por Monica Alferez
» Deuda Santander con depacho COBAMI COBRANZA AMIGABLE
Vie 3 Mayo 2024 - 16:43 por SilviGlz
» Deuda TC Banorte
Vie 3 Mayo 2024 - 13:18 por agueguel
» Deuda CREDMEX
Vie 3 Mayo 2024 - 10:13 por Monica Alferez
» KUBO FINANCIERO 2024
Vie 3 Mayo 2024 - 9:43 por Monica Alferez
» DEUDA NU 2000 MNC
Jue 2 Mayo 2024 - 23:17 por mio26
» Deuda con Credilikeme, Baubap, Credmex y Dineria
Jue 2 Mayo 2024 - 13:16 por Monica Alferez
» Deuda Moneyman, Dineria, Lendon, Kueski 2023
Jue 2 Mayo 2024 - 12:39 por Toño85
» Notificacion de Demanda (Deuda con Coppel)
Jue 2 Mayo 2024 - 11:43 por Alexis Pacheco
» DEUDA HSBC TC VENDIDA A IBKAN
Miér 1 Mayo 2024 - 23:09 por Toño85
» PROBLEMAS CON MI AFORE PARA RECIBIR MIS RECURSOS
Mar 30 Abr 2024 - 20:41 por edgar contreras