PAGA LO JUSTO
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Busqueda Expedientes D.F.

Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
ELLOS YA PAGARON LO JUSTO!
Enlaces Patrocinados
Últimos temas
» Demanda de muebles américa
Información interesante del IDE EmptyHoy a las 9:33 por Laurita Barroso

» DEUDA CON TARJETA ORO BANCO AZTECA
Información interesante del IDE EmptyHoy a las 8:42 por Usagy1984

» Cobranza avafin
Información interesante del IDE EmptyHoy a las 6:49 por Sousa

» DEUDA NU 2000 MNC
Información interesante del IDE EmptyHoy a las 3:41 por Toño85

» Deuda Ibillete
Información interesante del IDE EmptyHoy a las 0:06 por hugomtz1522

» Deuda KONFIO y BBVA Oro.
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 23:56 por Toño85

» Banco azteca, me envia mensajes de texto con amenaza de embargo , carcel , pero no me han llegado papeles de embargo , estan fastidiando a las referencias que di por llamadas telefonicas
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 23:48 por Toño85

» Deuda gm financial
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 23:45 por Toño85

» Credit365
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 21:23 por Luis Paco

» DEUDA CON KONFIO 240 MIL DE UN AÑO DE IMPAGO
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 20:31 por Ale43

» PREVIO EMPLAZAMIENTO - AVAFIN / CREDITO ONLINE
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 18:24 por CHRISGARCIAP22

» App paramia
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 17:12 por lilkuiz

» Deuda con Moneyman y Kueski
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 17:08 por lilkuiz

» RETIRO DE AFORE
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 11:04 por Chente barnes

» Deuda con KUBO FINANCIERO
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 10:06 por Laura Martinez

» Préstamo Kubo Financiero
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 10:01 por Laura Martinez

» Deuda- TDC - Stori - Story
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 9:29 por Marioon

» Deuda SEARS
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 2:31 por Toño85

»  COBRANZA VIVUS
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 2:20 por Toño85

» TC Santander cobranza WORKLY MEXICO amenaza de visita domiciliaria
Información interesante del IDE EmptyAyer a las 1:56 por Toño85

» Ayuda Konfio requerimiento de pago judicial o embargo algún comentario por favor
Información interesante del IDE EmptyMiér 24 Abr 2024 - 17:23 por Ale43

» Deuda con Abaco
Información interesante del IDE EmptyMiér 24 Abr 2024 - 17:19 por MichelNeri

» Posible quita con BBVA
Información interesante del IDE EmptyMiér 24 Abr 2024 - 16:32 por DANIEL AM

» Rappi Card , Mercado Pago
Información interesante del IDE EmptyMar 23 Abr 2024 - 23:20 por Toño85

» Lendon amenaza con demandarme
Información interesante del IDE EmptyMar 23 Abr 2024 - 21:25 por Toño85

Documento sin título

Información interesante del IDE

Ir abajo

Información interesante del IDE Empty Información interesante del IDE

Mensaje  APOLO Mar 6 Mar 2012 - 9:34

EL IDE se aplica al importe excedente de 15,000 pesos, en los depósitos en efectivo realizados en las instituciones del sistema financiero, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos en el mes.

El objetivo es reducir las actividades informales en el país, de tal modo que si eres un comerciante establecido que cumple con el pago de impuestos, puedes integrar el pago del IDE a tu declaración y la cantidad que te retuvo el banco por el depósito se descuenta de tu pago de ISR (Impuesto sobre la Renta).

El impuesto se calcula multiplicando el importe que excede de 15,000 pesos por la tasa de 3% y se aplica de la misma manera para personas físicas dadas de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que para asalariados.

"Si, por ejemplo, vendiste tu auto, te pagaron en efectivo y lo depositaste en tu cuenta bancaria, el banco te hará la recaudación del pago de IDE y deberá entregarte un comprobante. Si eres persona física ypresentas tu declaración deberás aclarar la procedencia del dinero y el comprador deberá haber reportado la compra en su declaración anual, sin embargo, si eres asalariado y no presentarás declaración por tu cuenta no podrás recibir el importe de vuelta", explica Pedro Canabal, vocero del SAT.

El funcionario detalla que cuando se realizan este tipo de transacciones en efectivo se cae en una práctica informal, pues no puede comprobarse la procedencia lícita de los recursos además de que implicaun riesgo el manejo de tanto efectivo junto. Por ello recomienda que si realizarás operaciones de compra venta solicites que el pago sea con cheque o mediante una transferencia o en todo caso, que aumentes al precio del bien que venderás el cobro que se te realizará por IDE una vez que deposites el dinero.

A continuación te presentamos algunas de las dudas más frecuentes (con sus respectivas respuestas) en torno a este tributo.


  • 1.- ¿Podrán recuperar el IDE pagado las personas que no se encuentran inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (los asalariados)?
Respuesta: No, la única forma de recuperar el IDE pagado son los acreditamientos, compensación o devolución, y para ello las personas deberán estar inscritas al Registro Federal de Contribuyentes.

  • 2.- ¿Cómo se realiza el cobro del IDE?
Respuesta: El impuesto se recauda por las instituciones del sistema financiero (bancos, casas de bolsa, sociedades de inversión, entre otras) en las que se tengan abiertas las cuentas de los contribuyentes.

Cuando no existan fondos suficientes para hacer la recaudación del impuesto, las instituciones financieras harán la recaudación en el momento en que se realice algún depósito durante el año.

  • 3.- ¿Qué pasa si retiro el dinero de la cuenta antes de que se me cobre IDE?
Respuesta: Si el SAT comprueba que existe un saldo a pagar de impuesto a los depósitos en efectivo por parte del contribuyente, las autoridades fiscales notificarán al contribuyente dicha circunstancia, otorgándole un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación, para que manifieste por escrito lo que a su derecho convenga y, en su caso, presente los documentos y constancias que desvirtúen la existencia del saldo a cargo.

Transcurrido el plazo citado, si el contribuyente no logra desvirtuar la existencia del saldo a cargo por concepto del impuesto a los depósitos en efectivo, la autoridad determinará el crédito fiscal correspondiente y realizará el requerimiento de pago y cobro del mismo, más la actualización y recargos que correspondan desde que la cantidad no pudo ser recaudada hasta que sea pagada.

  • 4.- ¿Qué comprobante debe entregarme el banco y cuándo?
Respuesta: Las instituciones del sistema financiero que recauden el impuesto deben entregar al contribuyente de forma mensual y anual las constancias que acrediten el IDE recaudado o, en su caso, el importe no recaudado.

Las constancias mensuales deben enviarse a más tardar el día 10 del mes de calendario siguiente al mes de que se trate, y la anual, a más tardar el día 15 de febrero del año de calendario de que se trate.

Se tendrá por cumplida dicha obligación si los contribuyentes solicitan que las instituciones emitan las constancias en forma electrónica con la información establecida.

  • 5.- ¿Me cobran IDE sobre mi salario depositado en mi cuenta de nómina?
Respuesta: Si el depósito se realiza en efectivo, incluso si se tratade nómina será sujeto al impuesto. Sin embargo si el depósito de tu sueldo se realiza con cheque o transferencia electrónica no es sujeto
del cobro aún cuando sea mayor a 15,000 pesos.

_________________
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
APOLO
APOLO
Admin 3
Admin 3

Masculino 1 a 10,000
Tamaulipas
Edad 55
Mensajes Publicados 6872

Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.