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como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
4 participantes
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como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
hola amigos como puedo hacer para retirar un poder de albacea a mi hermano a un esta en vida mi mama
he visto a varios abogados y aun no me resuelven nada
que puedo hacer
he visto a varios abogados y aun no me resuelven nada
que puedo hacer
vero- Des-informado
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Re: como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
vero si pudieras decirnos quin nombro al albacea de esta manera te orientaremos mejor.
Artículo 1728. El heredero o herederos que no hubieren estado conformes con el nombramiento de albacea hecho por la mayoría, tienen derecho a nombrar un interventor que vigile al albacea.
Si la minoría inconforme la forman varios herederos, el nombramiento de interventor se hará por mayoría de votos, y si no se obtiene mayoría, el nombramiento lo hará el juez, eligiendo el interventor de entre las personas propuestas por los herederos de la minoría.
Artículo 1728. El heredero o herederos que no hubieren estado conformes con el nombramiento de albacea hecho por la mayoría, tienen derecho a nombrar un interventor que vigile al albacea.
Si la minoría inconforme la forman varios herederos, el nombramiento de interventor se hará por mayoría de votos, y si no se obtiene mayoría, el nombramiento lo hará el juez, eligiendo el interventor de entre las personas propuestas por los herederos de la minoría.
Última edición por AQUILES el Lun 1 Nov 2010 - 14:45, editado 1 vez
AQUILES- Maestro de Maestros
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Re: como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
MIRA ESTUVO ASI
fallecio mi papa y mi mama nombro a mi hermano como albacea general administrativo, yo no estaba de acuerdo pero firme solamente somos 2 hermanos, se supone o tengo entendido que un albacea general se encarga de pagar todo lo que consiste en la administracion , hasta la fecha 2010 no ha pagado nada todo lo he pagado yo,
se llevo acabo el proceso del juicio y el juez ya dictamino sentencia
el juicio ya esta terminado
tengo entendido o no se el 50% es para el conyuge y el otro 50% se reparte entre los coherederos, es asi
pues mi hermano en complicidad con el juez y el abogado, dicen que el 50% es de mi mama y el otro 50% es solamente entre el y yo
al dia de ahora mi hermano se presenta y dice que el como albacea tiene la facultar de dividir los bienes como el designe y si no aceptamos la casa la recoge el gobierno
que el va a escriturar todo completo el terreno
no se si se pueda remover el albacea una vez que ya el juez dictamino sentencia del expediente
o que se puede hacer en este caso
fallecio mi papa y mi mama nombro a mi hermano como albacea general administrativo, yo no estaba de acuerdo pero firme solamente somos 2 hermanos, se supone o tengo entendido que un albacea general se encarga de pagar todo lo que consiste en la administracion , hasta la fecha 2010 no ha pagado nada todo lo he pagado yo,
se llevo acabo el proceso del juicio y el juez ya dictamino sentencia
el juicio ya esta terminado
tengo entendido o no se el 50% es para el conyuge y el otro 50% se reparte entre los coherederos, es asi
pues mi hermano en complicidad con el juez y el abogado, dicen que el 50% es de mi mama y el otro 50% es solamente entre el y yo
al dia de ahora mi hermano se presenta y dice que el como albacea tiene la facultar de dividir los bienes como el designe y si no aceptamos la casa la recoge el gobierno
que el va a escriturar todo completo el terreno
no se si se pueda remover el albacea una vez que ya el juez dictamino sentencia del expediente
o que se puede hacer en este caso
vero- Des-informado
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Re: como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
para revocarlo deben ir ante el juez familiar argumentando que no les a rendido cuentas,con la mayoria a favor puede ser removido el albacea tambien lo pueden hacer ante notario,si no estas de acuerdo en algo no firmes deben primero ponerse de acuerdo para no hacer gastos de mas.
AQUILES- Maestro de Maestros
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4443
Re: como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
y si es asi como se dice el 50% al conyuge y el otro 50% para los coherederos
o se puede hacer la reparticion como la menciona
de hecho dentro de los bienes tambien se vendio un bien inmueble y el no registro la venta dentro del expediente
o ya se tendria que meter una demanda penal por el ilicito que cometio
o se puede hacer la reparticion como la menciona
de hecho dentro de los bienes tambien se vendio un bien inmueble y el no registro la venta dentro del expediente
o ya se tendria que meter una demanda penal por el ilicito que cometio
vero- Des-informado
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50
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Re: como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
Si dispuso de bienes ilegalmente se puede denunciar por abuso de confianza y lo que se le pueda agravar. El albacea puede vender bienes de una sucesión "in testamentaria", cuando los declarados herederos están de acuerdo con ello, solo asi.
El albacea no puede:
1) gravar o enajenar los bienes de la herencia
2) dar en arrendamiento los bienes sucesorios por más de un año
3) transmitir y comprometer en árbitros los negocios de la herencia
4) Renunciar a la prescripción que corra a favor de la herencia.
.- Todos los albaceas, cualquiera que sea su origen, deben:
1. asegurar los bienes de la herencia
2. Formular los inventarios y avalúos;
3. Tramitar el juicio sucesorio;
4. Administrar la herencia y rendir cuentas de su gestión.
5. Efectuar la partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios; y
6. Caucionar su manejo por fianza, prenda o hipoteca.
Con respecto a su duracion duración del albaceazgo. Las reglas que determina la duración del albaceazgo dependen de la naturaleza del cargo que se desempeña, pues se debe distinguir entre albaceas testamentarios y albaceas legítimos.
El albacea está obligado a rendir cada año cuenta de su albaceazgo. No podrá ser nuevamente nombrado, sin que antes haya sido aprobada su cuenta anual. Además, rendirá la cuenta general del albaceazgo. También rendirá cuenta de su administración, cuando por cualquiera causa deje de ser albacea.
La cuenta de administración debe ser aprobada por todos los herederos; el que desista, puede seguir a su costa el juicio respectivo, en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles.
Fuente: Mexico Legal.
El albacea no puede:
1) gravar o enajenar los bienes de la herencia
2) dar en arrendamiento los bienes sucesorios por más de un año
3) transmitir y comprometer en árbitros los negocios de la herencia
4) Renunciar a la prescripción que corra a favor de la herencia.
.- Todos los albaceas, cualquiera que sea su origen, deben:
1. asegurar los bienes de la herencia
2. Formular los inventarios y avalúos;
3. Tramitar el juicio sucesorio;
4. Administrar la herencia y rendir cuentas de su gestión.
5. Efectuar la partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios; y
6. Caucionar su manejo por fianza, prenda o hipoteca.
Con respecto a su duracion duración del albaceazgo. Las reglas que determina la duración del albaceazgo dependen de la naturaleza del cargo que se desempeña, pues se debe distinguir entre albaceas testamentarios y albaceas legítimos.
El albacea está obligado a rendir cada año cuenta de su albaceazgo. No podrá ser nuevamente nombrado, sin que antes haya sido aprobada su cuenta anual. Además, rendirá la cuenta general del albaceazgo. También rendirá cuenta de su administración, cuando por cualquiera causa deje de ser albacea.
La cuenta de administración debe ser aprobada por todos los herederos; el que desista, puede seguir a su costa el juicio respectivo, en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles.
Fuente: Mexico Legal.
HADES- Admin 2
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Re: como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
aqui el problema radica en que antes de nombrarlo albacea ustedes debieron definir como repartirian la herencia,ahora pues el 50 % por ciento para tu mama y el 25 % para ti y el 25 % para tu hermano es justo ,y al parecer eso es lo que tu hermano hizo.
tengo entendido o no se el 50% es para el conyuge y el otro 50% se reparte entre los coherederos, es asi
pues mi hermano en complicidad con el juez y el abogado, dicen que el 50% es de mi mama y el otro 50% es solamente entre el y yo
en cuánto al bien inmueble que vendio tambien estaba intestado?
tengo entendido o no se el 50% es para el conyuge y el otro 50% se reparte entre los coherederos, es asi
pues mi hermano en complicidad con el juez y el abogado, dicen que el 50% es de mi mama y el otro 50% es solamente entre el y yo
en cuánto al bien inmueble que vendio tambien estaba intestado?
AQUILES- Maestro de Maestros
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68
4443
Re: como puedo hacer para retirar el poder de albacea general a mi hermano
y si es asi como se dice el 50% al conyuge y el otro 50% para los coherederos
o se puede hacer la reparticion como la menciona
La ley tiene estipulado la repartición de la siguiente forma:
El 50% es para la esposa o Conyuge y del retante 50% se debe repatir en 3 partes:
1 para tu mamá
1 para ti
1 para tu hermano
ESTO EN BASE A QUE el bien era la mitad de tu mamá... que es el 50% como conyuge.
el restante 50% se dividen entre los coherederos que son tres: mamá (esposa), y dos hijos, por eso se divide esa mitad entre 3.
En resumen tu mamá: 50% más 1/3 del otro 50% eso marca la ley.
Y ustedes dos 1/3 del 50% cada uno
al dia de ahora mi hermano se presenta y dice que el como albacea tiene la facultar de dividir los bienes como el designe y si no aceptamos la casa la recoge el gobierno
Dependerá de qué le firmaste a tu hermano, y eso de que si no se ponen de acuerdo la recoge el gobierno es parte verdad, ya que al no ponerse de acuerdo, sigue intestado y se sigue el pleito legal que puede durar muchos años. Por lo que la propiedad sigue en el limbo al estar intestada y en litigio.
APOLO- Admin 3
-
55
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