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Mitos y realidades de los cobradores
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Mitos y realidades de los cobradores
Sin pagas te haremos un Requerimiento, tu cuenta se cobrara de manera Extrajudicial, estaremos hablando a sus referencias o su Jefe y todo ello con tal de intimidarnos y aveces lo logran, pero que pueden o no hacer, veamos el resinificado de algunas palabras y de ahí el deudor sabrá que tan de cierto es lo que a uno le dicen, empecemos:
El término requerimiento puede referirse a:
Algo que se le pide o solicita a alguien. como es cobrarte
Requerimiento judicial: acto judicial en que se pide a alguien que haga o deje de hacer determinada cosa. Acto de un juez o tribunal, dirigido a una de las partes litigantes o a un tercero, para que haga algo o se abstenga de hacerlo. Para que esto se de primero debe de haber una demanda y es algo que un despacho no puede hacer
extrajudicial
Que se hace o trata fuera de la vía judicial. O sea que cuando de llaman para cobrarte eso es lo que están haciendo
Si tienes una deuda de más de un mes en tu tarjeta, seguro comenzarás a recibir llamadas del banco y, después de 90 días o más, de los despachos de cobranza contratados para recuperar la cuenta. En ocasiones, los métodos que utilizan para cobrar llegan a ser agresivos e insistentes.
De acuerdo con la revista Dinero Inteligente, en 2011 las quejas contra estas instituciones representaron 13% del total de controversias presentadas en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Según Luis Fabre, vicepresidente de la Condusef, los tres principales motivos de las controversias, son: recibir llamadas sin ser el cliente deudor; gestión con maltrato y ofensas, uso de prácticas inadecuadas y que la institución no respete los términos acordados para reestructurar el pasivo.
La Condusef, dice, tiene un convenio de colaboración firmado con la Asociación de Agentes de Cobranza, a quien le informan sobre las reclamaciones a sus despacho, y también hay un código de ética que ésta firmó ante la Profeco.
Sin embargo, no están obligados a cumplirlo y en la mayoría de los casos no lo hacen. Finalmente, sus estrategias funcionan porque las personas desconocen sus derechos y su situación legal como deudor.
Por ello debes conocer qué funciones les corresponden a los despachos de cobranza:
No tienen representación legal para:
-Embargar: Esto debe ser ordenado por un juez y notificarse legalmente. Las cartas que envían los despachos no son documentos legales.
-Ejercer acción penal en contra de alguien: Nadie puede ser encarcelado por una deuda con alguna institución crediticia como los bancos, pero sí por fraude.
Sí pueden -Hacer ofertas y descuentos con autorización del banco.
-Negociar el pago de una deuda.
No pueden -Requerir pagos a menores de edad; llamar entre 11 pm y 6 am.
-Usar palabras altisonantes.
-Ostentarse como autoridad.
-Usar papelería falsa.
-Hacer pública la negativa del usuario de pagar.
El término requerimiento puede referirse a:
Algo que se le pide o solicita a alguien. como es cobrarte
Requerimiento judicial: acto judicial en que se pide a alguien que haga o deje de hacer determinada cosa. Acto de un juez o tribunal, dirigido a una de las partes litigantes o a un tercero, para que haga algo o se abstenga de hacerlo. Para que esto se de primero debe de haber una demanda y es algo que un despacho no puede hacer
extrajudicial
Que se hace o trata fuera de la vía judicial. O sea que cuando de llaman para cobrarte eso es lo que están haciendo
Si tienes una deuda de más de un mes en tu tarjeta, seguro comenzarás a recibir llamadas del banco y, después de 90 días o más, de los despachos de cobranza contratados para recuperar la cuenta. En ocasiones, los métodos que utilizan para cobrar llegan a ser agresivos e insistentes.
De acuerdo con la revista Dinero Inteligente, en 2011 las quejas contra estas instituciones representaron 13% del total de controversias presentadas en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Según Luis Fabre, vicepresidente de la Condusef, los tres principales motivos de las controversias, son: recibir llamadas sin ser el cliente deudor; gestión con maltrato y ofensas, uso de prácticas inadecuadas y que la institución no respete los términos acordados para reestructurar el pasivo.
La Condusef, dice, tiene un convenio de colaboración firmado con la Asociación de Agentes de Cobranza, a quien le informan sobre las reclamaciones a sus despacho, y también hay un código de ética que ésta firmó ante la Profeco.
Sin embargo, no están obligados a cumplirlo y en la mayoría de los casos no lo hacen. Finalmente, sus estrategias funcionan porque las personas desconocen sus derechos y su situación legal como deudor.
Por ello debes conocer qué funciones les corresponden a los despachos de cobranza:
No tienen representación legal para:
-Embargar: Esto debe ser ordenado por un juez y notificarse legalmente. Las cartas que envían los despachos no son documentos legales.
-Ejercer acción penal en contra de alguien: Nadie puede ser encarcelado por una deuda con alguna institución crediticia como los bancos, pero sí por fraude.
Sí pueden -Hacer ofertas y descuentos con autorización del banco.
-Negociar el pago de una deuda.
No pueden -Requerir pagos a menores de edad; llamar entre 11 pm y 6 am.
-Usar palabras altisonantes.
-Ostentarse como autoridad.
-Usar papelería falsa.
-Hacer pública la negativa del usuario de pagar.
Hermes- Maestro de Maestros
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