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espero y les sea de utilidad mis amigos¡¡¡¡¡¡¡
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espero y les sea de utilidad mis amigos¡¡¡¡¡¡¡
MERCANTIL.
BANCOPPEL ENCABEZA LA COBRANZA ILEGAL.
Las amenazas y engaños de las empresas de cobranza que buscan cobrar un crédito vencido violan el código penal y son objeto de una demanda, sostuvo la Condusef.
Sugirió a las personas que reciben amenazas de embargo acudir a la Procuraduría Social de cualquier delegación del DF y pedir asesoría para iniciar una demanda penal en contra del despacho y la persona que envía cartas intimidatorias.
"Derivado de este marco jurídico, cuando nos encontramos estos despachos que siguen recurriendo a prácticas que son ilegales, el usuario tiene derecho a demandarlos por haber violado concretamente el artículo 226 del Código Penal Federal, que tiene correlativos en cada Estado y en el Código Penal del DF", aseguró Luis Amado Castro, director de Servicios Legales de la Condusef.
ARTICULO 226.
AL QUE PARA HACER EFECTIVO UN DERECHO O PRETENDIDO DERECHO QUE DEBA EJERCITAR, EMPLEARE VIOLENCIA, SE LE APLICARA PRISION DE TRES MESES A UN AÑO O DE 30 A 90 DIAS MULTA. EN ESTOS CASOS SOLO SE PROCEDERA POR QUERELLA DE LA PARTE OFENDIDA.
BANCOPPEL ENCABEZA LA COBRANZA ILEGAL.
Las amenazas y engaños de las empresas de cobranza que buscan cobrar un crédito vencido violan el código penal y son objeto de una demanda, sostuvo la Condusef.
Sugirió a las personas que reciben amenazas de embargo acudir a la Procuraduría Social de cualquier delegación del DF y pedir asesoría para iniciar una demanda penal en contra del despacho y la persona que envía cartas intimidatorias.
"Derivado de este marco jurídico, cuando nos encontramos estos despachos que siguen recurriendo a prácticas que son ilegales, el usuario tiene derecho a demandarlos por haber violado concretamente el artículo 226 del Código Penal Federal, que tiene correlativos en cada Estado y en el Código Penal del DF", aseguró Luis Amado Castro, director de Servicios Legales de la Condusef.
ARTICULO 226.
AL QUE PARA HACER EFECTIVO UN DERECHO O PRETENDIDO DERECHO QUE DEBA EJERCITAR, EMPLEARE VIOLENCIA, SE LE APLICARA PRISION DE TRES MESES A UN AÑO O DE 30 A 90 DIAS MULTA. EN ESTOS CASOS SOLO SE PROCEDERA POR QUERELLA DE LA PARTE OFENDIDA.
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!!!Debemos convertirnos en el cambio que buscamos en el mundo.¡¡¡
"""Deudor Informado ""Jamas"" sera Engañado"""
TOMO NOTA
Gracias Abogado Ramirez:
Tomo nota de lo anterior pues nos es de mucha utilidad.
saludos
Tomo nota de lo anterior pues nos es de mucha utilidad.
saludos

humberto_01- Principiante Interesado

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