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Mensaje  dudoso Miér 6 Mar 2013 - 9:24

Cárcel a quienes hagan cobros extrajudiciales con llamadas amenazantes: Senado
Hasta 8 años de prisión si cobran a terceros ajenos a la obligación, con visitas o llamadas los domingos o de noche
Claudia Guerrero/Agencia Reforma Ciudad de México, DF 05/03/2013
alcalorpolitico.com
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Con 90 votos a favor, el Pleno del Senado aprobó una reforma para castigar hasta con ocho años de cárcel a quienes realicen cobros extrajudiciales a los deudores mediante técnicas abusivas, ya que su conducta podrá equipararse al delito de extorsión.

Con los cambios a la Ley Federal de Protección al Consumidor, los integrantes de despachos jurídicos que hostiguen a los deudores con requerimientos amenazantes o conductas de acoso podrían hacerse acreedores, además, a una multa de más de 320 mil pesos.

La reforma, impulsada por el senador del PRI Jesús Casillas, prohíbe a las entidades de servicios financieros realizar algún tipo de requerimiento de pago a sus clientes fuera de procedimiento judicial, ya sea a través de representantes o empleados.

Además, no se podrán realizar cobros sin identificación plena del gestor, con simulación de escritos judiciales, a través de comunicaciones con terceros ajenos a la obligación, mediante visitas o llamadas los domingos o entre las 23:00 y las 07:00 horas.

También queda prohibido acosar, ofender o amenazar al deudor; adherir comunicaciones al domicilio del cliente o de terceras personas o comunicarse con menores de edad y adultos mayores, para solicitar el pago.

Desde la tribuna, Casillas informó que, de acuerdo con la Condusef y el Buró de Crédito, al menos 51.5 millones de personas cuentan con algún tipo de crédito.

Detalló que 5 millones de personas presentan atraso en sus pagos de tarjetas de crédito, créditos hipotecarios o créditos automotrices.

"Esto es, casi el 10 por ciento, de los cuales, tres millones de personas se encuentran en mora por adeudos en tarjetas de crédito", explicó.

"Hoy lo que se pretende con esta reforma es velar por la dignidad de quienes en caen en mora y tienen un adeudo"
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
-EL C. SENADOR HÉCTOR LARIOS CÓRDOVA: Con el permiso de la Presidencia.

A nombre de la comisión de Comercio, quisiera comentar el contenido de este dictamen.

Este dictamen modifica dos leyes, la Ley de defensa al consumidor y la Ley de Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros.

Su propósito es tratar de poner un marco, en donde pueda realizarse la cobranza extrajudicial.

Y responde, a poner un límite, a los abusos que algunas empresas, sobre todo terceras, hacen de las cobranzas extrajudiciales.

Todos sabemos que hay dos tipos de cobranza. La cobranza judicial, que está perfectamente regulada en los códigos, en el Código Civil, en el Código de Comercio y en otras leyes.

Pero la cobranza extrajudicial no tiene regulación alguna. Antes de hablar un poquito del contenido de la iniciativa, a la comisión le parece muy importante resaltar, que esto no tiene el propósito de hacer nugatorio el derecho a cobro, de quienes venden a crédito.

Por el contrario, en una economía en donde no se pueden cobrar los adeudos, pues lo que se da es, que hay escasez de crédito y, sobre todo, el crédito es mucho más caro. Cuando alguien no paga, los que pagan, la parte que no pagó, es precisamente todos aquellos deudores cumplidos.

Lo que pretende esta iniciativa es, poner límites a los abusos de la cobranza extrajudicial y equilibrar tanto el derecho de cobrar, como los derechos del respeto a su dignidad de los acreedores.

Básicamente lo que propone es, en primer lugar, que se evite el uso de documentación que aparenta ser documentación de autoridades o documentación judicial.

Cuántos no han recibido en su domicilio, un aviso, diciéndole que si no cumple con el pago de la mensualidad, se le embargará en tantos días.

Y se le da al formato como si fuera una orden de un juez. Se prohíbe que el que va a cobrar se ostente como una autoridad judicial. Por el contrario, que se identifique y que identifique para la empresa para la cual trabaja.

También se establecen límites a los horarios, en los cuales se pueden hacer esfuerzo de cobranza. Todos conocemos de las quejas de los usuarios, de que reciben llamadas a las cinco de la mañana, para poder hacer un cobro. Se pone un límite y se prohíbe que se pueda visitar el domicilio del deudor o llamar por teléfono entre las 23 horas y las siete de la mañana.

Uno de los debates intensos en la comisión, giró en torno hacia si esa prohibición también tendría que incluir los domingos.

Y en el equilibrio de derechos del acreedor con el deudor, se estableció o no se impidió poder hacer esfuerzos de cobranza el domingo, dado que en muchos, muchas de estas deudas se contraen precisamente en domingo. No es posible que un consumidor pueda adquirir una deuda en domingo, y que es el único día que se le puede hacer el cobro, ese domingo no pueda estar disponible para el cobro.

Se establece también, la prohibición de comunicar a terceros el incumplimiento del pago. Una de las cosas que se hacen, es, que se comunica a terceros, a compañeros de trabajo, a los jefes, a diferentes personas se le puede comunicar que una persona ha caído en mora y que está en un proceso de cobranza extrajudicial.

Solamente se pone una excepción, con aquellos terceros que tienen derechos legítimos de conocer, que son, los deudores solidarios o los avales. Si alguien avaló a una persona, y esta persona incumple en su pago, dado que también es un deudor, tiene todo el derecho a saberlo y a lo mejor acudir a pagar él, a cuenta del deudor, dado que le pueda resultar más conveniente.

Se prohíbe terminantemente el uso de cartulinas, que algunas empresas colocan en el domicilio del deudor, anunciando que esta persona está retrasado en los pagos. O peor aún, lo que sucede en varias partes del país, que en los periódicos se anuncia, se pida a fulanito de tal, pase a pagar su pasivo o su adeudo de tal cantidad.

O me comentaban, por ejemplo, que en Baja California Sur, se usan anuncios espectaculares, para decir que fulano de tal no me ha pagado tal deuda. No se puede afectar la dignidad de los deudores, cuando se está en ese proceso, sobre todo de cobranza extrajudicial.

Finalmente, también se establece el derecho del deudor de pagar directamente al proveedor y no necesariamente acudir al tercero, que está haciendo la cobranza, cuando se está en este proceso de cobranza extrajudicial.

Y la obligación del proveedor de recibir ese pago. Muchas veces se contrata a un tercero para hacer la cobranza extrajudicial, y después solamente el tercero puede recibir el cobro, cuando el cobro está pactado con el consumidor.

Esos mismos cambios se establecen en ambas leyes, y desde luego se establece la parte sancionatoria, para que los proveedores, cuando ejerzan este tipo de cobranza y violan estas normas que son mínimas, reciban una sanción, ya sea por parte de la Profeco o por parte de Condusef.

Finalmente, quisiera felicitar al senador Jesús Casillas, por presentar esta iniciativa, que me parece a mí, atiende perfectamente a una inquietud social, de abuso que se ha dado con estas medidas.

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Última edición por AQUILES el Miér 6 Mar 2013 - 20:20, editado 3 veces (Razón : se puso la liga del universal)

dudoso
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Por fin CARCEL a cobradores acosadores y amenzantes Empty Re: Por fin CARCEL a cobradores acosadores y amenzantes

Mensaje  Andrómeda* Miér 6 Mar 2013 - 9:35

dudoso, gracias, esto es una gran noticias APLAUSOS

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Por fin CARCEL a cobradores acosadores y amenzantes Empty Re: Por fin CARCEL a cobradores acosadores y amenzantes

Mensaje  AQUILES Miér 6 Mar 2013 - 20:23

No es lo que se esperaba,pero al menos es un avance,Dudoso gracias por el aporte lo pase a soporte legal espero no te incomode gracias.
AQUILES
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Por fin CARCEL a cobradores acosadores y amenzantes Empty Re: Por fin CARCEL a cobradores acosadores y amenzantes

Mensaje  Hermes Vie 8 Mar 2013 - 8:25

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S
enado fija límites a la cobranza
El documento avalado por legisladores prohíbe acosar, amenazar u ofender a deudores o su familia; quedará prohibido cobrar entre las 23:00 horas y las 7:00 horas.

Publicado: Miércoles, 06 de marzo de 2013 a las 17:50
Los gestores de cobranza no podrán comunicarse con mayores de edad ni adultos mayores. (Foto: Getty Images)
Se actuará con toda severidad para someter a las empresas que no acaten las disposiciones legales, refiere la Profeco.
CIUDAD DE MÉXICO (Notimex) — La cámara de Senadores aprobó una reforma a las leyes Federal de Protección al Consumidor y para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros que busca regular a los despachos de cobranza, establecer horarios para las llamadas a deudores y frenar el hostigamiento.
En la sesión ordinaria del martes, se aprobó con 90 votos a favor la reforma que prohíbe a las tiendas exhibir a sus deudores, lo cual es una práctica común en diversos estados del país.

Con esta reforma los despachos de cobranza estarán más limitados, además de que la tradicional colocación de cartulinas y publicaciones en los diarios exhibiendo a los deudores bancarios y de tiendas comerciales quedarán prohibidas.

El senador del PAN, Héctor Larios Córdova, expuso en tribuna que el objetivo de esta reforma que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis es crear un formato que permita regular la cobranza y reducir los costos de los créditos, pero destacó que se mantiene el poder de cobrar los domingos y a los avales.

"El propósito de la reforma es crear un marco para la cobranza extrajudicial y poner límite a los abusos que hacen las empresas de dichas cobranzas".

La reforma no prevé anular el derecho al cobro, aclaró. "Al contrario pretende poner límite a los abusos y mantener la dignidad de los acreedores".

La reforma establece que el proveedor, sus representantes, empleados o terceros deberán identificarse plenamente con la persona que los atienda al momento de requerir el pago; no podrán enviar al consumidor documentos que aparenten ser escritos judiciales.

Asimismo, no deberán entablarse o enviarse comunicaciones a terceros ajenos a la obligación con excepción de deudores solidarios o avales en las que se dé cuenta de una morosidad y no podrán realizarse visitas o llamadas telefónicas al consumidor en horarios entre las 23:00 y las 7:00 horas.

Además, establece que no deberán acosar o amenazar al establecer comunicación con el deudor ni sus familiares; no se deberán utilizar cartelones u otro medio impreso que haga referencia al adeudo; y no podrán comunicarse con menores de edad y adultos mayores, a menos que este último sea el consumidor.

Profeco lanza advertencia

El titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, Humberto Benítez Treviño, calificó como "paso histórico" las reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, aprobadas por unanimidad en el Senado.

De acuerdo con un comunicado, el funcionario expuso que el dictamen avalado por unanimidad prohíbe de manera determinante amenazar u ofender a los deudores o a sus familiares, con lo que se frena toda posibilidad de violentar la privacidad del hogar.

Profeco advirtió que se actuará con toda severidad para someter a las empresas que no acaten las disposiciones legales.

Asimismo, la iniciativa prevé cárcel para los representantes de empresas que intimiden a los clientes a través de actitudes ofensivas y de acoso, y que incluso utilicen lenguaje obsceno.

En este contexto, Benítez Treviño se congratuló porque los senadores unan esfuerzos para defender a los mexicanos y extendió una felicitación a los miembros de la Comisión de Comercio.

"Nuestro compromiso es con la protección de los derechos de la población y de ninguna manera permitiremos que se pase por encima de la ley, velaremos por la dignidad de la población", asevera.

La Profeco es una institución cercana a la población que en todo momento busca la conciliación entre el consumidor y el proveedor, refiere el funcionario, quien expuso que el organismo hará valer la ley, trátese de quien se trate, y se actuará con firmeza contra quienes no acaten las nuevas disposiciones una vez que entren en vigor.

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Por fin CARCEL a cobradores acosadores y amenzantes Empty Re: Por fin CARCEL a cobradores acosadores y amenzantes

Mensaje  Hermes Vie 8 Mar 2013 - 8:26

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Senado fija límites a la cobranza
El documento avalado por legisladores prohíbe acosar, amenazar u ofender a deudores o su familia; quedará prohibido cobrar entre las 23:00 horas y las 7:00 horas.

Publicado: Miércoles, 06 de marzo de 2013 a las 17:50
Los gestores de cobranza no podrán comunicarse con mayores de edad ni adultos mayores. (Foto: Getty Images)
Se actuará con toda severidad para someter a las empresas que no acaten las disposiciones legales, refiere la Profeco.
CIUDAD DE MÉXICO (Notimex) — La cámara de Senadores aprobó una reforma a las leyes Federal de Protección al Consumidor y para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros que busca regular a los despachos de cobranza, establecer horarios para las llamadas a deudores y frenar el hostigamiento.
En la sesión ordinaria del martes, se aprobó con 90 votos a favor la reforma que prohíbe a las tiendas exhibir a sus deudores, lo cual es una práctica común en diversos estados del país.

Con esta reforma los despachos de cobranza estarán más limitados, además de que la tradicional colocación de cartulinas y publicaciones en los diarios exhibiendo a los deudores bancarios y de tiendas comerciales quedarán prohibidas.

El senador del PAN, Héctor Larios Córdova, expuso en tribuna que el objetivo de esta reforma que fue turnada a la Cámara de Diputados para su análisis es crear un formato que permita regular la cobranza y reducir los costos de los créditos, pero destacó que se mantiene el poder de cobrar los domingos y a los avales.

"El propósito de la reforma es crear un marco para la cobranza extrajudicial y poner límite a los abusos que hacen las empresas de dichas cobranzas".

La reforma no prevé anular el derecho al cobro, aclaró. "Al contrario pretende poner límite a los abusos y mantener la dignidad de los acreedores".

La reforma establece que el proveedor, sus representantes, empleados o terceros deberán identificarse plenamente con la persona que los atienda al momento de requerir el pago; no podrán enviar al consumidor documentos que aparenten ser escritos judiciales.

Asimismo, no deberán entablarse o enviarse comunicaciones a terceros ajenos a la obligación con excepción de deudores solidarios o avales en las que se dé cuenta de una morosidad y no podrán realizarse visitas o llamadas telefónicas al consumidor en horarios entre las 23:00 y las 7:00 horas.

Además, establece que no deberán acosar o amenazar al establecer comunicación con el deudor ni sus familiares; no se deberán utilizar cartelones u otro medio impreso que haga referencia al adeudo; y no podrán comunicarse con menores de edad y adultos mayores, a menos que este último sea el consumidor.

Profeco lanza advertencia

El titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, Humberto Benítez Treviño, calificó como "paso histórico" las reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, aprobadas por unanimidad en el Senado.

De acuerdo con un comunicado, el funcionario expuso que el dictamen avalado por unanimidad prohíbe de manera determinante amenazar u ofender a los deudores o a sus familiares, con lo que se frena toda posibilidad de violentar la privacidad del hogar.

Profeco advirtió que se actuará con toda severidad para someter a las empresas que no acaten las disposiciones legales.

Asimismo, la iniciativa prevé cárcel para los representantes de empresas que intimiden a los clientes a través de actitudes ofensivas y de acoso, y que incluso utilicen lenguaje obsceno.

En este contexto, Benítez Treviño se congratuló porque los senadores unan esfuerzos para defender a los mexicanos y extendió una felicitación a los miembros de la Comisión de Comercio.

"Nuestro compromiso es con la protección de los derechos de la población y de ninguna manera permitiremos que se pase por encima de la ley, velaremos por la dignidad de la población", asevera.

La Profeco es una institución cercana a la población que en todo momento busca la conciliación entre el consumidor y el proveedor, refiere el funcionario, quien expuso que el organismo hará valer la ley, trátese de quien se trate, y se actuará con firmeza contra quienes no acaten las nuevas disposiciones una vez que entren en vigor.

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