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Duda sobre el IDE

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bola de nieve
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Analy
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Mensaje  Analy Mar 10 Ene 2012 - 15:53

Buenas tardes amigos ya tenia mucho de no escribir pues ya sali de mis deudas gracias a dios y a ustedes que me orientaron. Nuevamente consultandolos sobre el impuesto de depositos en efectivo; a mi esposo le pagaban su nomina en efectivo el la empresa desde hace un mes les empesaron a pagar con la nomina santander y le llego por correo un estado de cuenta y una carta informativa en la que le dicen que dicen que con el fin de dar cumplimiento a las dispocisiones fiscales del cobro del IDE realizaran unos ajustes al contrato y adjuntan una carta en la que piden la autorizacion de el para que la institucion realize el cargo correspòndiente cada mes, no entiendo a que se refiera, mi duda es que si a mi esposo le van a retener el impuesto o que?. Para empezar es una cuenta de nomina y en el contrato dice cuenta de cheque que esas cuentas no estaban exentas de ese impuesto. Segundo su salario si exede el limite de depositos en efectivo, ya que las prestaciones del mes de diciembre tambien se las depositaron en su cuenta de nomina. espero me orienten amigos y de antemano gracias.

Analy
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Mensaje  Andrómeda* Mar 10 Ene 2012 - 16:45

Hola Analy, desgraciadamente así es toda cuenta debito va a pagar el ide sobre efectivos, se supone que si es nomina la empresa tiene que hacer transferencia de fondos, lo mejor es que si no se puede le den el efectivo en mano y ustedes decidan si depositan o no a la cuenta.

Y aprovecho para platicarles la nueva hacienda esta auditando cuentas desde el 2008, en las cuales no se cobro el ide y esta haciendo los cargos correspondientes.

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Mensaje  Corazón PLJ Mar 10 Ene 2012 - 16:49

Ay Anie! que bueno que estás bien informada y nos pasas al costo las nuevas disposiciones de nuestra querida amiga Hacienda.

Gracias y saludos!

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No existen palabras para agradecer que exista este maravilloso foro!! Gracias!
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Mensaje  bola de nieve Mar 10 Ene 2012 - 21:48

Hola Analy, yo tengo una cuenta de debito, en bancopel, (es donde estoy ahorrando para pagar mis deudas) y me dijeron que yo vea que mis depósitos mensuales no lleguen a $15,000 para no pagar los impuestos. Ese es le cuidado que los depósitos mensuales no lleguen $15,000. Ese es el cuidado.

Saludos

bola de nieve
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Mensaje  fersito Mar 10 Ene 2012 - 22:04

mi mama tiene una cuenta de debito en santander y tambien le llego esa carta, les estan avisando que en caso de que los depositos en EFECTIVO SOLAMENTE, no cuenta transferencias bancarias o depositos en cheque exceda de $15000.00 pesos mensuales se les descontara de la misma cuenta el 3% del excedente, o sea si en un mes tuviste un deposito acumulado de $18000, el impuesto del 3% se cobrara sobre $3000.00 y el banco les hara llegar una constancia de retencion a su domicilio.

fersito
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Mensaje  cat rey Miér 11 Ene 2012 - 13:17

Aunando mas en el tema no solo es por una cuenta. Si alguien tiene mas de una cuenta de debito en un mismo banco, se suman todos los depositos en efectivo y si pasan de 15,000 sobre la diferencia le hacen la retencion del 3%. (dichosos los que pueden tener mas de una cuenta de debito). SALUDOS

cat rey
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Mensaje  EUTERPE Miér 11 Ene 2012 - 23:28

Para complementar la información les dejo las fracciones de la Ley de IDE:

Artículo 12. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
Depósitos en efectivo, además de los que se consideren como tales conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.

Artículo 2. No estarán obligadas al pago del impuesto a los depósitos en efectivo:

I. La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las entidades de la administración pública paraestatal que, conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta o la Ley de Ingresos de la Federación, estén considerados como no contribuyentes del impuesto sobre la renta.
II. Las personas morales con fines no lucrativos conforme al Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
III.Las personas físicas y morales, por los depósitos en efectivo que se realicen en sus cuentas, hasta por un monto acumulado de $15,000.00, en cada mes del ejercicio fiscal, salvo por las adquisiciones en efectivo de cheques de caja. Por el excedente de dicha cantidad se pagará el impuesto a los depósitos en efectivo en los términos de esta Ley.

Párrafo reformado DOF 07-12-2009

El monto señalado en el párrafo anterior, se determinará considerando todos los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero.
En los casos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 3 de esta Ley, el monto señalado en esta fracción se aplicará al titular de la cuenta, salvo que éste manifieste una distribución distinta en los términos descritos en dicho párrafo.

IV. Las instituciones del sistema financiero, por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias con motivo de su intermediación financiera o de la compraventa de moneda extranjera, salvo los que se realicen en las cuentas a las que se refiere el artículo 11 de esta Ley.
V. Las personas físicas, por los depósitos en efectivo realizados en sus cuentas que a su vez sean ingresos por los que no se pague el impuesto sobre la renta en los términos del artículo 109, fracción XII de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
VI. Las personas físicas, con excepción de las que tributen en los términos del Título IV, Capítulo II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias abiertas con motivo de los créditos que les hayan sido otorgados por las instituciones del sistema financiero, hasta por el monto adeudado a dichas instituciones.


Artículo 13.
También se encontrarán obligadas al pago del impuesto establecido en esta Ley, las personas físicas y morales respecto de todos los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas que tengan abiertas a su nombre en cualquier institución, independientemente de la razón o denominación social que adopte, que tenga por objeto realizar operaciones de ahorro y préstamo con sus socios o accionistas o captar fondos o recursos monetarios de sus socios o accionistas para su colocación entre éstos, las cuales deberán cumplir con todas las obligaciones a que se refiere la presente Ley.”

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Mensaje  Andrómeda* Jue 12 Ene 2012 - 9:00

V. Las personas físicas, por los depósitos en efectivo realizados en sus cuentas que a su vez sean ingresos por los que no se pague el impuesto sobre la renta en los términos del artículo 109, fracción XII de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Con esto te puedes defender, comprobando que es realmente tu sueldo el que se deposita y ya estas pagando ISR...solo hay que averiguar que es lo que tienes que entregar (me refiero a la papeleria), para que lo del IDE no proceda...otra que tambien se puede hacer, es que se de alta tu esposo como Sueldos y Salarios, que presente el mismo su declaración para que refleje el impuesto retenido, tal vez salga impuesto a pagar o a favor es es se regresa automaticamente, y lo del IDE como ya esta haciendo mención de él pide la devolución aparte de lo del ISR, es un formato aparte que se presenta directamente en las oficinas, disculpame que hasta ahora te comente esto, lo que pasa es que pensando y leyendo este parrafo vi esta otra forma de recuperarlo...saludos!!

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Mensaje  wiriwiri Jue 12 Ene 2012 - 14:47

EUTERPE escribió:El monto señalado en el párrafo anterior, se determinará considerando todos los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero.
Entonces si un wey que recibe puro efe tiene 5 cuentas en 5 bancos, otras 5 a nombre de su mujer y otras 5 a nombre de su esposa puede depositar 225mil en efe todos los meses ¿y no le van a descontar nada?

¿Y para cuando cambia esto? No debe ser así.
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Mensaje  Andrómeda* Jue 12 Ene 2012 - 14:53

wiriwiri escribió:
EUTERPE escribió:El monto señalado en el párrafo anterior, se determinará considerando todos los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero.
Entonces si un wey que recibe puro efe tiene 5 cuentas en 5 bancos, otras 5 a nombre de su mujer y otras 5 a nombre de su esposa puede depositar 225mil en efe todos los meses ¿y no le van a descontar nada?

¿Y para cuando cambia esto? No debe ser así.


wiriwiri la verdad de las cosas es que esto no se esta haciendo así, hacienda no ha podido controlar esto y cada banco esta cobrando su ide por separado, esto te lo digo porque lo veo en las cuentas de la empresa, si en una cuenta no rebaso el limite no han cobrado nada...saludos!

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Mensaje  wiriwiri Jue 12 Ene 2012 - 15:04

Exacto Anie esa es la queja. Se puede burlar fácilmente este esquema abriendo varias cuenta en diferentes bancos.

Divide y vencerás (tal parece).
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Duda sobre el IDE Empty Re: Duda sobre el IDE

Mensaje  Andrómeda* Jue 12 Ene 2012 - 15:11

wiriwiri escribió:Exacto Anie esa es la queja. Se puede burlar fácilmente este esquema abriendo varias cuenta en diferentes bancos.

Divide y vencerás (tal parece).

Fijate que ya me entro la duda, se supone que hacienda esta auditando cuentas desde el 2008 a lo mejor y ya se pusierón las pilas y estan checando esto , sumando todos los depositos y cobrando los exdentes no cargados!

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Duda sobre el IDE Empty Re: Duda sobre el IDE

Mensaje  cat rey Jue 12 Ene 2012 - 18:59

Con esto te puedes defender, comprobando que es realmente tu sueldo el que se deposita y ya estas pagando ISR...solo hay que averiguar que es lo que tienes que entregar (me refiero a la papeleria), para que lo del IDE no proceda...otra que tambien se puede hacer, es que se de alta tu esposo como Sueldos y Salarios, que presente el mismo su declaración para que refleje el impuesto retenido, tal vez salga impuesto a pagar o a favor es es se regresa automaticamente, y lo del IDE como ya esta haciendo mención de él pide la devolución aparte de lo del ISR, es un formato aparte que se presenta directamente en las oficinas, disculpame que hasta ahora te comente esto, lo que pasa es que pensando y leyendo este parrafo vi esta otra forma de recuperarlo...saludos!![/quote]

Lo que tienes que hacer es una declaracion, para que proceda la devolucion, ya que como bien comenta Anie, es por concepto de Salario, el problema es que debes de hacer una declaracion, inclusive debes de solicitar a tu patron una constacion de retencion de impuestos y que tu presentarias la declaracion. Con esto el SAT procederá a la devolucion correspondiente, con tu declaracion demuestras que esos ingresos corresponden a Salarios los cuales ya pagaron impuestos. SALUDOS

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