Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Enlaces Patrocinados
Últimos temas
DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
4 participantes
Página 1 de 1.
DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
BUENAS TARDES, NECESITO INFORMACION, SAQUE UN PRESTAMO EN CREDITO SI EL AÑO PASADO, DESGRACIADAMENTE DESDE ENERO, DEJE DE DAR LOS PAGOS PUNTUALES Y ME FUI ATRASANDO, DESPUES ME HABLABAN DE LOS DESPACHOS QUE DEPOSITARA CIERTA CANTIDAD Y LO FUI HACIENDO, CLARO QUE NO ERA EL TOTAL DEL ATRASO, PERO PARA ESTO TENIA QUE CONSEGUIR EL DINERO Y AHORA SE ME HACE IMPOSIBLE SEGUIR PAGANDO Y ME HABLAN AL TRABAJO Y ME DEJAN RECADO CON MIS COMPAÑEROS DE LA CANTIDAD QUE DEBO Y QUE TENGO QUE IR A PAGAR Y EL DIA DE HOY, ME DEJARON RECADO CON MI COMPAÑERA QUE SI NO LES REGRESABA LA LLAMADA PARA LLEGAR A UN ACUERDO IBAN A PROCEDER AL SEÑALAMIENTO DE BIENES, QUE PUEDO HACER, DE MOMENTO NO PUEDO LIQUIDAR.
mercedes hernandez- Des-informado
-
9
Re: DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
De cuanto es tu deuda, firmaste pagare, lee el foro, recuerda ellos no pueden señalar bienes. eso lo hace un actuario, ve a la parte legal del foro, saludos
_________________
Hay gente que miente para ocultar una verdad, y vive de la mentira o hace negocio de ella. La verdad inspira envidia. La envidia engendra rencor. Y el rencor genera mentiras
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Hermes- Maestro de Maestros
-
59
3801
Re: DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
EL PRESTAMO FUE POR $20,000.00 Y SI ME DIERON UNA HOJA QUE ERA EL PAGARE, COMO HAGO PARA PUBLICAR LA COPIA Y ME PUEDAN AYUDARHermes escribió:De cuanto es tu deuda, firmaste pagare, lee el foro, recuerda ellos no pueden señalar bienes. eso lo hace un actuario, ve a la parte legal del foro, saludos
mercedes hernandez- Des-informado
-
9
Re: DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
El Pagaré tiene como característica la Acción cambiaria, que se refiere a que a cambio del pago se devolverá al Suscriptor el documento. En el caso que el Beneficiario reciba solamente un pago parcial del total de la deuda, podrá mantenerlo en su poder hasta que reciba el importe total.
La operación de pago puede autentificarse por medio de un funcionario público que deje en constancia que el Suscriptor ya ha terminado con su obligación. A esta acción se le conoce como Protesto.
Los elementos que debe contener el Pagaré para su validez son los siguientes, según indica la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito:
· La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento;
· La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
· El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
· La época y el lugar del pago;
· La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y
· La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. *
Adicionalmente, es importante conocer toda la información posible acerca de la otra parte involucrada en la operación, para tener mayor seguridad en la formalidad y la buena fe.
Este instrumento, es una herramienta de apoyo en la adquisición de bienes o créditos, que debe ser manejada con responsabilidad, después de analizar nuestra capacidad de pago.
Cuando el suscriptor (deudor) de un pagaré no cumple voluntariamente en la fecha estipulada con el pago del dinero a que se obligó, procede hacer el cobro en dos vías:
a) La extrajudicial
b) La judicial
La primera se refiere a la insistencia que le hagas al deudor de que pague su obligación, sea que lo hagas en lo personal o bien, a través de un tercero como puede ser tu abogado.
En este caso, no pasará de la simple advertencia de demandarlo y embargarle bienes de su propiedad, circunstancia que en ocasiones rinde frutos, sea que la persona verdaderamente quiere pagar y hace un esfuerzo para cumplir, o bien, se ve amedrentado o agobiado por el cobro y hace el pago (a veces pidiendo prestado en otra parte). Sea cual sea la motivación del deudor o de dónde saque el dinero, lo importante es que pague y si lo hace de manera extrajudicial es mejor, ya que es más rápido y menos costoso para todos. Sin embargo no siempre es así.
La vía judicial.
Cuando de plano el deudor no quiere o no puede pagar la deuda, se puede decidir por demandarlo y existen dos vías para hacerlo:
a) La vía ejecutiva mercantil, cuando el pagaré tiene menos de tres años de vencido.
b) La vía ordinaria mercantil, cuando tiene más de tres años de vencido.
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
POR LA CANTIDAD QUE DEBES LES CONVIENE LLEGAR A UN ACUERDO Y MAS SI NO TIENES BIENES QUE TE PUEDAN EMBARGAR
El Pagaré tiene como característica la Acción cambiaria, que se refiere a que a cambio del pago se devolverá al Suscriptor el documento. En el caso que el Beneficiario reciba solamente un pago parcial del total de la deuda, podrá mantenerlo en su poder hasta que reciba el importe total.
La operación de pago puede autentificarse por medio de un funcionario público que deje en constancia que el Suscriptor ya ha terminado con su obligación. A esta acción se le conoce como Protesto.
Los elementos que debe contener el Pagaré para su validez son los siguientes, según indica la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito:
· La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento;
· La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
· El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
· La época y el lugar del pago;
· La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y
· La firma del suscriptor o de la persona que firme a su ruego o en su nombre. *
Adicionalmente, es importante conocer toda la información posible acerca de la otra parte involucrada en la operación, para tener mayor seguridad en la formalidad y la buena fe.
Este instrumento, es una herramienta de apoyo en la adquisición de bienes o créditos, que debe ser manejada con responsabilidad, después de analizar nuestra capacidad de pago.
Cuando el suscriptor (deudor) de un pagaré no cumple voluntariamente en la fecha estipulada con el pago del dinero a que se obligó, procede hacer el cobro en dos vías:
a) La extrajudicial
b) La judicial
La primera se refiere a la insistencia que le hagas al deudor de que pague su obligación, sea que lo hagas en lo personal o bien, a través de un tercero como puede ser tu abogado.
En este caso, no pasará de la simple advertencia de demandarlo y embargarle bienes de su propiedad, circunstancia que en ocasiones rinde frutos, sea que la persona verdaderamente quiere pagar y hace un esfuerzo para cumplir, o bien, se ve amedrentado o agobiado por el cobro y hace el pago (a veces pidiendo prestado en otra parte). Sea cual sea la motivación del deudor o de dónde saque el dinero, lo importante es que pague y si lo hace de manera extrajudicial es mejor, ya que es más rápido y menos costoso para todos. Sin embargo no siempre es así.
La vía judicial.
Cuando de plano el deudor no quiere o no puede pagar la deuda, se puede decidir por demandarlo y existen dos vías para hacerlo:
a) La vía ejecutiva mercantil, cuando el pagaré tiene menos de tres años de vencido.
b) La vía ordinaria mercantil, cuando tiene más de tres años de vencido.
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.
POR LA CANTIDAD QUE DEBES LES CONVIENE LLEGAR A UN ACUERDO Y MAS SI NO TIENES BIENES QUE TE PUEDAN EMBARGAR
_________________
Hay gente que miente para ocultar una verdad, y vive de la mentira o hace negocio de ella. La verdad inspira envidia. La envidia engendra rencor. Y el rencor genera mentiras
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Hermes- Maestro de Maestros
-
59
3801
Re: DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
solo dale click y aparece la información o algo mas quieres
solo dale click y aparece la información o algo mas quieres
_________________
Hay gente que miente para ocultar una verdad, y vive de la mentira o hace negocio de ella. La verdad inspira envidia. La envidia engendra rencor. Y el rencor genera mentiras
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Hermes- Maestro de Maestros
-
59
3801
LEYENDA DEL PAGARE
BANCA AFIRME, S. A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE
AFIRME GRUPO FINANCIERO
PAGARE SIN PROTESTO
NOMBRE (EL DEUDOR), POR VALOR RECIBIDO, POR MEDIO DE ESTE PAGARE(EL PAGARE)
INCONDICIONALMENTE PROMETE Y SE OBLIGA A PAGAR A LA VISTA, A LA ORDEN DE BANCA AFIRME, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, AFIRME GRUPO FINANCIERO, (EL ACREEDOR)EN ESTA CIUDAD O EN CUALQUIERA QUE SE LE REQUIERA LA CANTIDAD DE $23,886.43(VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 43/100 M. N.)EN FONDOS INMEDIATAMENTE DISPONIBLES.
EN CASO DE QUE EL DEUDOR INCUMPLA EN REALIZAR EL PAGO REQUERIDO BAJO ESTE PAGARE, EL DEUDOR PAGARA AL ACREEDOR INTERESES MORATORIOS SOBRE LA TOTALIDAD DEL MONTO VENCIDO Y NO PAGADO A RAZON DE UNA TASA ANUAL FIJA DEL 93.07%(INTERESES MORATORIOS)
LOS INTERESES MORATORIOS SE GENERARAN DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA CANTIDAD DE QUE SE TRATE HASTA E INCLUYENDO EL DIA EN QUE LA CANTIDAD EFECTIVAMENTE SE PAGUE.
EL DEUDOR RENUNCIA A TODA DILIGENCIA DE PRESENTACION, PROTESTO O AVISO DE PAGO.
PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 128 DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ESTE PAGARE PODRA SER PRESENTADO PARA SU COBRO EN EL PLAZO MAXIMO DE 5 AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE SUSCRIPCION.
ESTE PAGARE SE REGIRA E INTERPRETARA DE ACUERDO CON LAS LEYES MEXICANAS. CUALQUIER ACCION O PROCEDIMIENTO LEGAL QUE DERIVE O SE RELACIONE CON ESTE PAGARE PODRA SER INSTITUIDO EN LOS TRIBUNALES COMPETENTES DEL DOMICILIO DEL ACREEDOR O DEL DOMICILIO DEL DEUDOR, A ELECCION DEL ACTOR, RENUNCIANDO EL DEUDOR A CUALQUIER OTRO FUERO QUE POR RAZON DE SU DOMICILIO QUE TUVIERE O LLEGARE A ADQUIRIR EN EL FUTORO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.
EN ESTA CIUDAD DE --------------NUEVO LEON A 12 DE OCTUBRE DEL 2012
EL DEUDOR POR AVAL
_______________ ___________________
CON DOMICILIO EN: CON DOMICILIO EN:
DATOS DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE CONTRATOS DE CONDUSEF: 0325-140-007239
BANCA AFIRME, S. A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, AFIRME GRUPO FINANCIERO
AFIRME GRUPO FINANCIERO
PAGARE SIN PROTESTO
NOMBRE (EL DEUDOR), POR VALOR RECIBIDO, POR MEDIO DE ESTE PAGARE(EL PAGARE)
INCONDICIONALMENTE PROMETE Y SE OBLIGA A PAGAR A LA VISTA, A LA ORDEN DE BANCA AFIRME, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, AFIRME GRUPO FINANCIERO, (EL ACREEDOR)EN ESTA CIUDAD O EN CUALQUIERA QUE SE LE REQUIERA LA CANTIDAD DE $23,886.43(VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 43/100 M. N.)EN FONDOS INMEDIATAMENTE DISPONIBLES.
EN CASO DE QUE EL DEUDOR INCUMPLA EN REALIZAR EL PAGO REQUERIDO BAJO ESTE PAGARE, EL DEUDOR PAGARA AL ACREEDOR INTERESES MORATORIOS SOBRE LA TOTALIDAD DEL MONTO VENCIDO Y NO PAGADO A RAZON DE UNA TASA ANUAL FIJA DEL 93.07%(INTERESES MORATORIOS)
LOS INTERESES MORATORIOS SE GENERARAN DESDE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA CANTIDAD DE QUE SE TRATE HASTA E INCLUYENDO EL DIA EN QUE LA CANTIDAD EFECTIVAMENTE SE PAGUE.
EL DEUDOR RENUNCIA A TODA DILIGENCIA DE PRESENTACION, PROTESTO O AVISO DE PAGO.
PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 128 DE LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ESTE PAGARE PODRA SER PRESENTADO PARA SU COBRO EN EL PLAZO MAXIMO DE 5 AÑOS A PARTIR DE LA FECHA DE SUSCRIPCION.
ESTE PAGARE SE REGIRA E INTERPRETARA DE ACUERDO CON LAS LEYES MEXICANAS. CUALQUIER ACCION O PROCEDIMIENTO LEGAL QUE DERIVE O SE RELACIONE CON ESTE PAGARE PODRA SER INSTITUIDO EN LOS TRIBUNALES COMPETENTES DEL DOMICILIO DEL ACREEDOR O DEL DOMICILIO DEL DEUDOR, A ELECCION DEL ACTOR, RENUNCIANDO EL DEUDOR A CUALQUIER OTRO FUERO QUE POR RAZON DE SU DOMICILIO QUE TUVIERE O LLEGARE A ADQUIRIR EN EL FUTORO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.
EN ESTA CIUDAD DE --------------NUEVO LEON A 12 DE OCTUBRE DEL 2012
EL DEUDOR POR AVAL
_______________ ___________________
CON DOMICILIO EN: CON DOMICILIO EN:
DATOS DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE CONTRATOS DE CONDUSEF: 0325-140-007239
BANCA AFIRME, S. A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, AFIRME GRUPO FINANCIERO
mercedes hernandez- Des-informado
-
9
Re: DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
ESPERO QUE CON ESTA INFORMACION ME PUEDAN ASESORAR
mercedes hernandez- Des-informado
-
9
Re: DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
mercedes debes ser mas explicita cuanto adeudas,desde cuando no pagas,a cuantos pagos fue tu crédito y cuantos diste,lee la siguiente liga donde encontraras información valiosa de esta manera sabrás a lo que te enfrentas,todo acreedor tiene derecho a demandar y a exigir su pago,infórmate en las ligas que están abajo,después escribe tus dudas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
AQUILES- Maestro de Maestros
-
69
4443
Re: DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
GRACIAS POR LA PACIENCIA, MI PRESTAMO FUE POR LA CANTIDAD QUE VIENE EN LA COPIA DEL PAGARE $23,886.43 Y ERA A PAGAR EN 48 QUINCENAS POR LA CANTIDAD DE $948.61 YO PAGUE SOLAMENTE 9 QUINCENAS Y CUANDO ME EMPEZARON A MARCAR DE LOS DESPACHOS DI TRES ABONOS MAS POR CANTIDADES DE $2,000.00, $2,500.00 Y $900.00, Y ESO PORQUE LOS CONSEGUI PRESTADOS Y LA VERDAD DEJARON DE MOLESTARME POR UN MES, PERO DESPUES EMPEZARON NUEVAMENTE LAS LLAMADAS Y LAS VISITAS AL DOMICILIO, INCLUSO EN UNA OCASION ME DEJARON UNA CARTA PEGADA EN LA PUERTA DE MI CASA, LA VERDAD HE TENIDO MUCHOS PROBLEMAS ECONOMICOS Y NO HE PODIDO SALIR DE ESTA SITUACION, POR MAS QUE QUIERO, PORQUE COMO DICEN TAPO UN HOYO Y DESTAPO OTRO PARA PODER SALIR UN POCO ADELANTE PERO LA VERDAD ESO NO ME AYUDA EN NADA, AL CONTRARIO, POR ESO ME DECIDI A EXPONER MI CASO PARA VER DE QUE MANERA ME PUEDEN ORIENTAR, PORQUE ES UNA SITUACION QUE YA NO AGUANTO, NO PUEDO DORMIR BIEN, Y CUANDO ESTOY EN MI CASA ESTOY CON EL TEMOR QUE LLEGUEN A COBRARME, LA VERDAD ESTOY DESESPERADA.
mercedes hernandez- Des-informado
-
9
Re: DEBO EN CREDITO SI Y ME QUIEREN EMBARGAR
mercedes tu problema no es grave,es cuestión de que ahorres lo mas que puedas y saber esperar a que tengas aproximadamente la mitad de lo que debes para negociar,lo primero es leer la información de la liga que te puse anteriormente,debes estar preparada para el acoso incesante de los cobradores,de ahí la importancia de leer,ya no des un solo centavo para tu deuda espera a que te informes.
AQUILES- Maestro de Maestros
-
69
4443
GRACIAS
muchas gracias Aquiles por tu ayuda y que bueno que existen estos foros para ayudarnos en estos casos, porque la verdad que estamos muy desinformados de cuales son nuestros derechos y por eso se aprovechan los despachos juridicos para asustarnos y pues como tu dices hay que empezar a hacer un ahorro para llegado el momento poder liquidar.
mercedes hernandez- Des-informado
-
9
PRESTAMO PERSONAL CON CREDITO SI
BUENAS TARDES, HOY ME HABLO UNA CONOCIDA QUE PUSE COMO REFERENCIA Y LE COMENTARON QUE EL DIA DE MAÑANA IBAN A PASAR A MI DOMICILIO A LLEVARME UNA DEMANDA UN ACTUARIO Y QUE SI NO HABIA NADIE EN EL DOMICILIO PASARIAN CON EL JUEZ DE BARRIO Y SE LA DEJARIAN A EL, QUE PUEDO HACER EN ESE CASO, YO PEDI UN PRESTAMO EL AÑO PASADO EN CREDITO SI, Y EMPECE A DAR MIS PAGOS NORMALMENTE, DESPUES SE ME PRESENTO UN PROBLEMA Y YA NO PUDE DAR MIS PAGOS Y ME FUI ATRASANDO Y COMO ME HABLABAN A CADA RATO Y ME DECIAN QUE ME IBAN A EMBARGAR YO PEDIA PRESTAMOS PERSONALES DE LOS QUE HACERN EN LAS COLONIAS, PERO DESPUES EN LUGAR DE SOLUCIONAR UN PROBLEMA, CONTRAIA OTRO Y SE ME HACIA IMPOSIBLE CUBRIR LOS PAGOS Y DEJE DE PAGAR, ME PODRIAN ASESORAR QUE PUEDO HACER EN MI CASO
mercedes hernandez- Des-informado
-
9
HOLA
Hola mercedes hernandez bienvenida al mejor foro de orientación de deudas, donde se te asesorará sin afán de lucro.
¿De cuanto fue el crédito que te dieron?
¿Cuantas mensualidades pagaste y a cuantos meses fue el crédito?
¿Trabajas?
Has cavado un hoyo para tapar otros y eso tarde o temprano te iba a llevar a la insolvencia económica.
No solicites nada mas de prestamos y aclara bien tu caso para poder darte nuestra opinión.
Saludos.
¿De cuanto fue el crédito que te dieron?
¿Cuantas mensualidades pagaste y a cuantos meses fue el crédito?
¿Trabajas?
Has cavado un hoyo para tapar otros y eso tarde o temprano te iba a llevar a la insolvencia económica.
No solicites nada mas de prestamos y aclara bien tu caso para poder darte nuestra opinión.
Saludos.
_________________
La deuda más importante que tengo, nunca la podré pagar con dinero, la deuda más importante que tengo, es con la persona que más quiero.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
GALENO- Consultor Master
-
65
1637
Temas similares
» me quieren embargar (financiera IMPULSEMOS)
» AUXILIO debo a famsa y me quieren enbargar
» Me quieren embargar banco Azteca por tarjeta de crédito
» sos no se que hacer le debo 5 tarjetas de credito SEARS, LIVERPOOL, BANAMEX y dicen que me ban a embargar
» me quieren embargar
» AUXILIO debo a famsa y me quieren enbargar
» Me quieren embargar banco Azteca por tarjeta de crédito
» sos no se que hacer le debo 5 tarjetas de credito SEARS, LIVERPOOL, BANAMEX y dicen que me ban a embargar
» me quieren embargar
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
Hoy a las 11:10 por Cali_up
» DEUDA KUESKY, AVAFIN, TALA Y PRESTAMO NÓMINA BANAMEX
Hoy a las 11:03 por Crismzh
» FINANCIERA MONTE DE PIEDAD
Hoy a las 10:50 por CarlosRmZzM
» Deuda con BBVA, 800 mil pesos en total
Ayer a las 22:47 por Alan2351
» Deuda vivus
Ayer a las 16:39 por Bettysb
» Convenio de moneyman
Ayer a las 16:19 por CarlosRmZzM
» DEUDA PRESTAMOS PERSONALES BBVA Y TARJETA DE CREDITO ORO
Ayer a las 13:49 por JustoLo
» Deuda Kubo financiero
Ayer a las 13:37 por SinaiMartz
» PRESTAMO SANTANDER
Ayer a las 3:53 por Toño85
» Crédito caja popular
Ayer a las 0:59 por Toño85
» Deudas Dineria, Vivus, Credito365, Mercado Libre, Credmex, Doctor Peso, Kueski y Baubap
Lun 2 Dic 2024 - 13:41 por Crismzh
» Deuda de préstamo seguro app que amenaza con fotos de calidad dudosa
Sáb 30 Nov 2024 - 20:54 por Ana Lilia Ortega Torres
» Prestamo Credmex, Vivus, Cozmo, Alvos, Lana pa ti, Didi, Lana digital, Mexdin, Baubap, Tala, Kueski, Crédito 365, Nu, Mercado, Coppel, Azteca, Monte de piedad.
Sáb 30 Nov 2024 - 17:33 por EstrellaFugaz15
» Baubap, Tala
Sáb 30 Nov 2024 - 17:24 por EstrellaFugaz15
» Tarjeta oro Bancomer
Sáb 30 Nov 2024 - 16:02 por BEBETO
» ¡Paga solo lo que te prestamos!, Última oportunidad (AVAFIN)
Sáb 30 Nov 2024 - 15:27 por Toño85
» Deuda vivus
Sáb 30 Nov 2024 - 5:59 por Toño85
» Deuda- TDC - Stori - Story
Sáb 30 Nov 2024 - 5:57 por Toño85
» Préstamo Kubo Financiero
Vie 29 Nov 2024 - 20:34 por Toño85
» DEUDA CON DINERIA
Vie 29 Nov 2024 - 20:33 por Toño85
» Deuda con KUBO FINANCIERO
Vie 29 Nov 2024 - 17:14 por Emotional_run
» Prestamo Kubo Financiero
Vie 29 Nov 2024 - 16:58 por Cali_up
» Mi situación con Avafin y su despacho "Consorcio jurídico vega"
Vie 29 Nov 2024 - 13:56 por EmiNyan
» Deuda de nomina
Vie 29 Nov 2024 - 4:45 por Toño85
» MoneyMan, Lend0n y ViVus me están enviando estos correos, ¿Qué hago?
Vie 29 Nov 2024 - 4:28 por Toño85